Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Empresa. Ayudas. (2025040064)
Decreto 36/2025, de 6 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la puesta en marcha de un programa de ayudas dirigido a favorecer la competitividad empresarial, a través del desarrollo de proyectos colaborativos para la creación de soluciones innovadoras a retos empresariales, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 94
Lunes 19 de mayo de 2025

27423

Si la presidencia de la comisión lo estimara necesario, podrán incorporarse a la misma, en
calidad de especialistas, otro personal, que actuarán con voz, pero sin voto.
La composición exacta de las personas que conformen la Comisión de Valoración será
publicada en las correspondientes convocatorias, debiendo garantizarse, en todo caso, la
composición equilibrada de hombres y mujeres, conforme a lo señalado en el artículo 29 de
la Ley 8/2011, de 23 de marzo de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia
de género en Extremadura.
Esta Comisión de Valoración se regirá en cuanto a su constitución y funcionamiento conforme a lo dispuesto para los órganos colegiados en el título preliminar, capítulo II, sección
3ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. U
 na vez examinadas y evaluadas las solicitudes y, en su caso, el resto de documentación
que integra los expedientes administrativos, la citada comisión emitirá informe en forma
de acta, en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
El citado documento, que tendrá carácter vinculante para el órgano instructor, servirá de
base, a efectos administrativos, para la elaboración de la propuesta de resolución de concesión de subvenciones.
La comisión podrá solicitar cuantos informes técnicos precise par el cumplimiento de sus
funciones.
4. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración,
formulará las propuestas de resolución debidamente motivadas, que expresarán a las entidades solicitantes para las que se propone la concesión de la subvención y su cuantía.
Dicha propuesta no podrá separarse en ningún caso del informe vinculante emitido por la
Comisión de Valoración.
5. El órgano competente para la resolución del procedimiento es la persona titular de la Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de empresa, conforme establece el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
6. La resolución de concesión indicará expresamente la pyme solicitante, a quien se le concede o deniega la ayuda, el importe de la ayuda concedida, que la misma tiene la consideración de minimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la
Comisión, de 13 de diciembre de 2023, la existencia de financiación con cargo a los fondos
FEDER de la Unión Europea, el porcentaje de cofinanciación y determinará las condiciones,
obligaciones y plazo de ejecución del proyecto a los que queda sujeto la beneficiaria para
el cobro de la misma.