Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2025061751)
Resolución de 24 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2025 de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa CRISOL FORMAS (Crisol-For+).
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NÚMERO 86

25058

Miércoles 7 de mayo de 2025

c) Itinerario formativo con certificados profesionales completos de nivel de cualificación 1:
5 puntos.
d) Cooperación y coordinación con otros agentes del territorio. Se valorará la cooperación
y coordinación con otros agentes del territorio: instituciones educativas, entidades asociativas y sociales, sectores empresariales, organizaciones sindicales más representativas y órganos de participación. El programa deberá adecuarse a un modelo de cooperación en el territorio con la participación y el apoyo de estos agentes, que tendrán que
formalizar en un escrito dicho apoyo, los términos en que se establece la cooperación
y los compromisos reales que asumen. Este apartado tendrá un peso máximo de 10
puntos. Se otorgará un punto por cada agente del territorio.
e) C
 ompromisos de contratación de personas participantes con posterioridad a la finalización de la segunda etapa del proyecto, hasta 10 puntos. Se puntuará según la siguiente
tabla:

COMPROMISOS
DE
CONTRATACIÓN

UN/A
PARTICIPANTE

DOS
PARTICIPANTES

TRES
PARTICIPANTES

CUATRO
PARTICIPANTES

CINCO O MAS
PARTICIPANTES

N.º PUNTOS

1 PUNTO

2 PUNTOS

5 PUNTOS

7 PUNTOS

10 PUNTOS

Se valorará en función de los compromisos aportados y cumplimentados según el Anexo III
de la resolución de convocatoria.
Las contrataciones derivadas de los compromisos de contratación se llevarán a cabo en el
plazo de tres meses desde la finalización del proyecto en centros de trabajo radicados en la
Comunidad Autónoma de Extremadura y en ocupaciones relacionadas con la familia profesional a la que pertenezca la correspondiente especialidad formativa.
La jornada de trabajo será a tiempo completo y la duración del contrato será como mínimo de
6 meses. La modalidad contractual entre la empresa o entidad y la persona participante podrá
ser cualquiera de las recogidas en el ordenamiento jurídico vigente para las que se cumplan
los requisitos y las retribuciones salariales mínimas serán las del salario mínimo interprofesional o las del convenio colectivo de aplicación.
En caso de empate, tendrán preferencia las solicitudes que tengan mayor puntuación en los
criterios de valoración por el orden recogido en este artículo y si persiste el empate, se efectuará el desempate a favor de la entidad con menor número de solicitudes propuestas para
aprobar.