Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2025061751)
Resolución de 24 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2025 de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa CRISOL FORMAS (Crisol-For+).
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NÚMERO 86
Miércoles 7 de mayo de 2025
25059
Séptimo. Solicitudes y documentación.
1. E
l plazo para presentar solicitudes será de un mes, a computar desde el día siguiente
al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ).
2. L
a tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre
el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
www.juntaex.es/w/5874 , dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se
habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud, en la forma
establecida en los artículos 4 y 34 del Decreto 40/2024, de 7 de mayo.
3. L
a solicitud se acompañará de la siguiente documentación en formato electrónico:
a. Memoria/Proyecto, cumplimentado según modelo que se establece como anexo I-Bis de
la resolución de convocatoria, acompañado de una memoria explicativa (en la forma de
memoria valorada, proyecto básico o proyecto de ejecución) de las actuaciones a realizar, mediciones y presupuestos desglosados por capítulos y partidas y planos a escala
y acotados de los inmuebles o espacios donde se realizará la formación, en el caso de
que no sea formación conducente a certificados profesionales, y de los espacios en que
se va a actuar, en los que se representen los estados inicial y final de los mismos.
b. C
ompromiso/s de Inserción Laboral de las empresas para cumplir lo establecido en el
artículo 22 del citado decreto, cumplimentando el modelo recogido en el anexo II de la
resolución de convocatoria.
c. Documentación identificativa de la personalidad de la solicitante y acreditación de la
representación legal de la entidad solicitante, mediante poder suficiente, en el caso de
que se oponga a su obtención marcando la casilla correspondiente en el anexo de solicitud. Cuando la entidad no se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio
del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá indicar
el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo de solicitud. En caso de no aportar
dicho código, la entidad deberá aportar el documento de representación (PDF).
d. A
creditación que implique entre sus fines u objeto social la promoción de empleo de la
entidad promotora o la inserción sociolaboral y la formación.
e. Certificación acreditativa de la financiación de aquella parte del proyecto que no financie
el Servicio Extremeño Público de Empleo.
Miércoles 7 de mayo de 2025
25059
Séptimo. Solicitudes y documentación.
1. E
l plazo para presentar solicitudes será de un mes, a computar desde el día siguiente
al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ).
2. L
a tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre
el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico
www.juntaex.es/w/5874 , dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se
habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud, en la forma
establecida en los artículos 4 y 34 del Decreto 40/2024, de 7 de mayo.
3. L
a solicitud se acompañará de la siguiente documentación en formato electrónico:
a. Memoria/Proyecto, cumplimentado según modelo que se establece como anexo I-Bis de
la resolución de convocatoria, acompañado de una memoria explicativa (en la forma de
memoria valorada, proyecto básico o proyecto de ejecución) de las actuaciones a realizar, mediciones y presupuestos desglosados por capítulos y partidas y planos a escala
y acotados de los inmuebles o espacios donde se realizará la formación, en el caso de
que no sea formación conducente a certificados profesionales, y de los espacios en que
se va a actuar, en los que se representen los estados inicial y final de los mismos.
b. C
ompromiso/s de Inserción Laboral de las empresas para cumplir lo establecido en el
artículo 22 del citado decreto, cumplimentando el modelo recogido en el anexo II de la
resolución de convocatoria.
c. Documentación identificativa de la personalidad de la solicitante y acreditación de la
representación legal de la entidad solicitante, mediante poder suficiente, en el caso de
que se oponga a su obtención marcando la casilla correspondiente en el anexo de solicitud. Cuando la entidad no se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio
del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá indicar
el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo de solicitud. En caso de no aportar
dicho código, la entidad deberá aportar el documento de representación (PDF).
d. A
creditación que implique entre sus fines u objeto social la promoción de empleo de la
entidad promotora o la inserción sociolaboral y la formación.
e. Certificación acreditativa de la financiación de aquella parte del proyecto que no financie
el Servicio Extremeño Público de Empleo.