Presidencia De La Junta. Conciliación Familiar. Ayudas. (2025061557)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se convocan ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, para el ejercicio 2025.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 85
Martes 6 de mayo de 2025

24546

b) Documento de alta en la Seguridad Social de la persona contratada.
c) Tarjeta de demanda de empleo de la persona contratada, en su caso.
d) Contrato de trabajo suscrito.
e) C
 ertificado de delitos de naturaleza sexual de la persona contratada, conforme a la Ley
Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la
Ley 45/2015, de Voluntariado que establece la obligación de que se aporten certificados
negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales y
voluntarios que trabajan en contacto habitual con menores.
f) Vida laboral del cónyuge o pareja de la persona solicitante de la ayuda, en caso de no
ser familia monoparental.
g) En los supuestos de adopción o acogimiento de hijo o hijas, se deberá aportar resolución judicial, administrativa o documento análogo constitutivo de la misma.
h) En el caso de custodias compartidas u otro régimen de separación, deberá aportarse
sentencia o convenio regulador ratificado por el juzgado, en caso de nulidad, separación
o divorcio.
i) Los solicitantes que no tengan nacionalidad española, si es nacional de Estados miembros de la Unión Europea, de Estados parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico
Europeo y de Suiza, se deberá aportar el pasaporte o documento de identidad válido
en vigor, así como el certificado de registro como residente comunitario. En el caso de
que el solicitante fuere cónyuge de nacional de Estados miembros de la Unión Europea,
Estados parte del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo y de Suiza, deberá aportar
el documento acreditativo de dicha circunstancia al no estar habilitados los mecanismos
de transmisión de datos entre administraciones.
Los solicitantes extranjeros no comprendidos en el párrafo anterior deberán aportar el
documento que acredite la autorización de residencia o la autorización de residencia
y trabajo, y en defecto de los mismos, deberán aportar el pasaporte o documento de
identidad válido en vigor del país del que proceda y certificado original expedido por
la Brigada de Extranjería de la Policía Nacional acreditativo de la residencia legal en
territorio español.
En el supuesto de solicitantes no españoles el libro de familia será sustituido, en su
caso, por documento análogo constitutivo de la misma.