Presidencia De La Junta. Conciliación Familiar. Ayudas. (2025061557)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se convocan ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 85
Martes 6 de mayo de 2025
24539
7. El fomento de la corresponsabilidad, entendida como reparto equilibrado entre mujeres
y hombres de las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y el cuidado de las
personas en situación de dependencia. Los poderes públicos de Extremadura adoptarán
las medidas necesarias para permitir la compatibilidad efectiva entre responsabilidades
laborales, familiares y personales de las mujeres y los hombres en Extremadura.
16. La adopción de medidas que aseguren la igualdad entre mujeres y hombres en lo que
se refiere al acceso al empleo, a la formación, promoción profesional, igualdad salarial
y a las condiciones de trabajo.”
Así, según el artículo 56 de la mencionada ley, corresponderá a la Junta de Extremadura:
“1. Desarrollar actuaciones que contribuyan a fomentar un reparto más equilibrado entre
las mujeres y los hombres de Extremadura de las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y el cuidado y atención de las personas en situación de dependencia,
así como al respeto de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de
oportunidades entre mujeres y hombres que garantiza esta ley, propiciando la conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
2. Impulsar la corresponsabilidad en la distribución del tiempo de trabajo y ocio y contemplarán, en cualquiera de las acciones y medidas, el impacto transversal que afecte a las
familias extremeñas, especialmente a las monoparentales, con personas dependientes
o con vecindad en el ámbito rural, favoreciendo la conciliación.”
Por su parte el apartado 4 del artículo 57 de la misma Ley establece que “La Junta de Extremadura adoptará medidas para garantizar la conciliación de la vida laboral, familiar y
personal de las mujeres y hombres, teniendo en cuenta los nuevos modelos de familia y la
situación de las mujeres que viven en el medio rural.”
Por otro lado, el Programa Operativo del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021-2027, fondo financiador de estas ayudas, tiene como Objetivo Político 4, responder a la necesidad de
luchar por una Europa más social e inclusiva por medio de la aplicación del pilar europeo de
derechos sociales. Prioridad 1. Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social.
Objetivo específico: ESO4.3. Promover una participación equilibrada de género en el mercado
laboral, unas condiciones de trabajo iguales y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y
la familiar, en particular mediante el acceso a servicios de guardería asequibles y de atención
a personas dependientes, todo ello da lugar a la línea de actuación 1.C.01-Medidas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal para familias vulnerables.
El artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), determina que
Martes 6 de mayo de 2025
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7. El fomento de la corresponsabilidad, entendida como reparto equilibrado entre mujeres
y hombres de las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y el cuidado de las
personas en situación de dependencia. Los poderes públicos de Extremadura adoptarán
las medidas necesarias para permitir la compatibilidad efectiva entre responsabilidades
laborales, familiares y personales de las mujeres y los hombres en Extremadura.
16. La adopción de medidas que aseguren la igualdad entre mujeres y hombres en lo que
se refiere al acceso al empleo, a la formación, promoción profesional, igualdad salarial
y a las condiciones de trabajo.”
Así, según el artículo 56 de la mencionada ley, corresponderá a la Junta de Extremadura:
“1. Desarrollar actuaciones que contribuyan a fomentar un reparto más equilibrado entre
las mujeres y los hombres de Extremadura de las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y el cuidado y atención de las personas en situación de dependencia,
así como al respeto de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de
oportunidades entre mujeres y hombres que garantiza esta ley, propiciando la conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
2. Impulsar la corresponsabilidad en la distribución del tiempo de trabajo y ocio y contemplarán, en cualquiera de las acciones y medidas, el impacto transversal que afecte a las
familias extremeñas, especialmente a las monoparentales, con personas dependientes
o con vecindad en el ámbito rural, favoreciendo la conciliación.”
Por su parte el apartado 4 del artículo 57 de la misma Ley establece que “La Junta de Extremadura adoptará medidas para garantizar la conciliación de la vida laboral, familiar y
personal de las mujeres y hombres, teniendo en cuenta los nuevos modelos de familia y la
situación de las mujeres que viven en el medio rural.”
Por otro lado, el Programa Operativo del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021-2027, fondo financiador de estas ayudas, tiene como Objetivo Político 4, responder a la necesidad de
luchar por una Europa más social e inclusiva por medio de la aplicación del pilar europeo de
derechos sociales. Prioridad 1. Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social.
Objetivo específico: ESO4.3. Promover una participación equilibrada de género en el mercado
laboral, unas condiciones de trabajo iguales y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y
la familiar, en particular mediante el acceso a servicios de guardería asequibles y de atención
a personas dependientes, todo ello da lugar a la línea de actuación 1.C.01-Medidas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal para familias vulnerables.
El artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), determina que