Presidencia De La Junta. Conciliación Familiar. Ayudas. (2025061557)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se convocan ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 85
Martes 6 de mayo de 2025

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cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. En
cualquier momento, la Junta de Extremadura podrá efectuar las inspecciones precisas
al efecto de comprobar la realidad de la ejecución de las actuaciones subvencionadas.
d) Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que
realice la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Autoridad de Auditoria,
el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la
normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios,
aportando para ello cuanta información le sea requerida.
e) La Secretaría General de Igualdad y Conciliación podrá recabar todos aquellos indicadores sociales y económicos relativos tanto a las personas que emplean como las empleadas y empleados de hogar contratados al efecto, según la base del Reglamento (UE)
2021/1060 del Parlamento y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al
Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para
dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad
Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de
Visados, con el fin de poder realizar un adecuado seguimiento del cumplimiento de los
indicadores de resultados.
f) Mencionar expresamente en los contratos que se encuentra financiado con cargo al Fondo Social Europeo Plus (FSE+) 2021-2027, Objetivo Político 4. Una Europa más social e
inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales. Prioridad 1.
Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social. Objetivo específico: ESO4.3.
Promover una participación equilibrada de género en el mercado laboral, unas condiciones de trabajo iguales y una mejora del equilibrio entre la vida laboral y la familiar,
en particular mediante el acceso a servicios de guardería asequibles y de atención a
personas dependientes. Línea de actuación 1.C.01-Medidas de conciliación de la vida
laboral, familiar y personal para familias vulnerables. La cofinanciación es del 85%. Si
los contratos se han realizado con anterioridad a la publicación del Decreto se podrá
realizar una adenda al mismo.
g) Aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas en su ámbito de gestión.
h) C
 onservar todos los documentos justificativos relacionados con la subvención cofinanciada, incluidos los electrónicos, durante un plazo de cinco años, a partir del 31 de
diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario.