Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061730)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de planta de biomasa de 49,9 MWe, cuya promotora es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU. Expte.: IA20/0492.
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NÚMERO 83
Viernes 2 de mayo de 2025
24132
cumentación facilitada en la que se describen las modificaciones planteadas, se considera
que no se producirán efectos significativos sobre el medio ambiente.
9. Con fecha 9 de enero de 2025 se emite informe por parte del Servicio de Ordenación y
Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca cuyo contenido
principal se resume a continuación:
En el marco de la tramitación ambiental en la anualidad 2023, se elaboró un inventario
botánico, para determinar el número total de encinas potencialmente afectadas por el
desarrollo del proyecto, tanto de la planta de biomasa, como de las infraestructuras de
captación de agua y vertido. Este inventario se actualizó con la modificación del EIA ya
tramitada. Para el caso de la nueva modificación del proyecto objeto del presente análisis
ambiental, el inventario vigente no se ve modificado, ya que la planta de biomasa se ubica
en el mismo emplazamiento que la autorizada, y el nuevo punto de vertido implica 250
metros nuevos de trazado, en el que no se afectará a ninguna encina.
El nuevo tramo de conducción de vertido discurre por el lateral de una parcela de cultivo,
desprovista de vegetación. Entre la parcela de cultivo y el camino Poblado Casa del Rincón
se identifica vegetación arbórea y arbustiva, concretamente olmos y zarzas. Llegando a la
margen del arroyo Carbonillas donde se propone el punto de descarga del vertido, se ubican dos encinas, una de gran porte y una de menor porte y en estado decrépito. Ninguno
de los ejemplares arbóreos se verá afectado, si bien, se procederá al desbroce de parte de
vegetación arbustiva durante la ejecución de la zanja de vertido llegando a la margen del
cauce.
En vista de lo expuesto anteriormente, se considera que esta segunda modificación presentada para la implantación de una planta de 49,9 MW, dotada de un sistema de tratamiento, adecuación y almacenamiento de la biomasa, y la construcción de conducciones de
captación de agua y vertido de efluentes, así como la debida conexión a la Red eléctrica,
supondrían una afección a las formaciones vegetales de la zona, que según se indicó en el
informe de afección forestal del 24 de mayo de 2023, se tendría que compensar por los 154
pies de encinas eliminadas con 178.413,86 € según los cálculos, para la compensación por
la pérdida del efecto sumidero de los pies arbóreos que se pretenden cortar. Este importe
se dedicará a la ejecución de un proyecto de restauración de la cubierta vegetal; forestación, reforestación, densificación, apoyo a la regeneración o restauración de suelos en un
monte de utilidad pública de la comarca en que se encuentre el terreno donde se desarrolle
el proyecto. En ausencia de terrenos que reúnan estas características, podrá optarse por
otros terrenos públicos gestionados por la Junta de Extremadura o por otros terrenos de
las mismas características en comarcas adyacentes.
Viernes 2 de mayo de 2025
24132
cumentación facilitada en la que se describen las modificaciones planteadas, se considera
que no se producirán efectos significativos sobre el medio ambiente.
9. Con fecha 9 de enero de 2025 se emite informe por parte del Servicio de Ordenación y
Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca cuyo contenido
principal se resume a continuación:
En el marco de la tramitación ambiental en la anualidad 2023, se elaboró un inventario
botánico, para determinar el número total de encinas potencialmente afectadas por el
desarrollo del proyecto, tanto de la planta de biomasa, como de las infraestructuras de
captación de agua y vertido. Este inventario se actualizó con la modificación del EIA ya
tramitada. Para el caso de la nueva modificación del proyecto objeto del presente análisis
ambiental, el inventario vigente no se ve modificado, ya que la planta de biomasa se ubica
en el mismo emplazamiento que la autorizada, y el nuevo punto de vertido implica 250
metros nuevos de trazado, en el que no se afectará a ninguna encina.
El nuevo tramo de conducción de vertido discurre por el lateral de una parcela de cultivo,
desprovista de vegetación. Entre la parcela de cultivo y el camino Poblado Casa del Rincón
se identifica vegetación arbórea y arbustiva, concretamente olmos y zarzas. Llegando a la
margen del arroyo Carbonillas donde se propone el punto de descarga del vertido, se ubican dos encinas, una de gran porte y una de menor porte y en estado decrépito. Ninguno
de los ejemplares arbóreos se verá afectado, si bien, se procederá al desbroce de parte de
vegetación arbustiva durante la ejecución de la zanja de vertido llegando a la margen del
cauce.
En vista de lo expuesto anteriormente, se considera que esta segunda modificación presentada para la implantación de una planta de 49,9 MW, dotada de un sistema de tratamiento, adecuación y almacenamiento de la biomasa, y la construcción de conducciones de
captación de agua y vertido de efluentes, así como la debida conexión a la Red eléctrica,
supondrían una afección a las formaciones vegetales de la zona, que según se indicó en el
informe de afección forestal del 24 de mayo de 2023, se tendría que compensar por los 154
pies de encinas eliminadas con 178.413,86 € según los cálculos, para la compensación por
la pérdida del efecto sumidero de los pies arbóreos que se pretenden cortar. Este importe
se dedicará a la ejecución de un proyecto de restauración de la cubierta vegetal; forestación, reforestación, densificación, apoyo a la regeneración o restauración de suelos en un
monte de utilidad pública de la comarca en que se encuentre el terreno donde se desarrolle
el proyecto. En ausencia de terrenos que reúnan estas características, podrá optarse por
otros terrenos públicos gestionados por la Junta de Extremadura o por otros terrenos de
las mismas características en comarcas adyacentes.