Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Apicultura. Ayudas. (2025040049)
Decreto 24/2025, de 15 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de la Intervención Sectorial Apícola, dentro del marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027, en Extremadura y se aprueba la convocatoria para 2025.
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NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025

22629

cial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y en el Portal de Subvenciones de la Junta

de

Extremadura

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index),

en

https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login. A esta información se tendrá acceso también a través del Portal del Ciudadano, de conformidad con el Decreto 225/2014, de 14 de
octubre, de régimen jurídico de la administración electrónica de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Tanto la convocatoria como el extracto de la misma serán publicados en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias)
y en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) conforme dispone el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con
el artículo 11. 1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, se publicará dentro del Portal de Subvenciones de la Junta de Extremadura
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index) y en el Portal Juntaex.es
(https://www.juntaex.es) el texto íntegro de la convocatoria y las subvenciones concedidas, con indicación de la relación de las personas beneficiarias, el importe de las ayudas y
la identificación de la normativa reguladora.
2. La Comisión de Valoración de las solicitudes estará integrada por tres personas titulares y
tres suplentes del servicio gestor de la Dirección General competente en materia de apicultura, actuando una de ellas en las funciones de presidencia y otra en las de secretaría.
La designación del personal técnico se hará de conformidad con lo dispuesto en el artículo
29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la
violencia de género en Extremadura.
La composición definitiva de la comisión deberá publicarse, con anterioridad a su constitución, en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y a través de:
https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login
La Comisión de Valoración se regirá por lo dispuesto en la sección II del capítulo III del
título V de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Corresponde a la Comisión de Valoración emitir el informe de valoración, que será vinculante, de conformidad con el artículo 22.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y servirá de base al órgano instructor para
dictar la propuesta de resolución.