Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061439)
Resolución de 8 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y las entidades colaboradoras para la realización de los trámites asociados a dicha Consejería que se lleven a cabo mediante canales telemáticos (Lorenzo Martín Vizuete).
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NÚMERO 75
Lunes 21 de abril de 2025

21260

3. R
 ealizar los trámites asociados a este convenio, debidamente identificados mediante
certificado digital, de acuerdo con la normativa vigente.
4. V
 elar por que los solicitantes revisen exhaustivamente los modelos de solicitud de los
distintos procedimientos, así como la documentación que se adjunta.
5. C
 omunicar a la Secretaría General de la Consejería competente en materia agraria, u
otro órgano que se designe, la identificación de las personas encargadas de la cumplimentación de las solicitudes en nombre de su organización. Además, obtendrá de las
personas interesadas la autorización oportuna para realizar la presentación de las solicitudes y resto de trámites, así como para obtener información en su nombre del estado
de los procedimientos.
6. I nformar a las personas interesadas sobre el estado de tramitación de sus procedimientos, así como de los errores relacionados con su solicitud.
7. M
 antener debidamente actualizados todos los datos de sus representados en la aplicación informática designada al efecto para facilitar la realización de los trámites.
8. M
 antener actualizados los apoderamientos para el momento que fueren requeridos por
la Consejería competente en materia agraria, así como remitirlos en el momento en que
le sean requeridos.
9. R
 esponsabilizarse de cualquier incidencia que pueda derivarse de una tramitación incorrecta de los expedientes, referidas tanto a la cumplimentación o presentación incorrecta de solicitudes como al resto de trámites, además de los retrasos en los registros
de las solicitudes que fuesen imputables a la misma. Así mismo, también se responsabilizarán de los perjuicios que pueda causar la incorrecta tramitación de la recepción
de las notificaciones administrativas recibidas en nombre de las personas o entidades
solicitantes que concedan el apoderamiento. Para ello suscribirá un seguro de responsabilidad civil suficiente, o autoseguro, que asegure los daños y perjuicios que, por acción
u omisión, pudiera causar en el ejercicio de estas funciones.
10. Responsabilizarse de todas las funciones que se autorizan por campaña o convocatoria,
hasta el final del procedimiento administrativo, pudiéndose solapar en el tiempo con
otras campañas incluso cuando las personas o entidades solicitantes hayan otorgado
en futuras campañas el apoderamiento a otra Entidad Colaboradora.
11. Continuar con la tramitación de los expedientes y procedimientos en curso de las personas físicas o jurídicas que les hayan apoderado y a los que representen para realizar
determinados trámites telemáticos, hasta su completa finalización, una vez finalizada
la vigencia del correspondiente convenio.