Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025061511)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acuerdo regulador por el que regulan las relaciones de trabajo entre los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Hervás y la Corporación Municipal.
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NÚMERO 75
Lunes 21 de abril de 2025

21434

A ella se unirán los antecedentes, estudios y documentos acreditativos de que se ajusta a
los mencionados principios.
7. L
 as modificaciones a las Relación de Puestos de Trabajo deberán ser negociadas en la Mesa
General de Negociación. En cualquier caso, deberá estar negociada en el último trimestre
de cada año.
8. L
 a Corporación, una vez aprobado y publicado el Presupuesto, y dentro del mes siguiente,
aprobará la oferta anual de empleo público y en la que se indicará:
a) La totalidad de las plazas vacantes debidamente clasificadas.
b) La relación de vacantes que se cubrirán en el correspondiente ejercicio presupuestario.
c) Las previsiones temporales sobre la provisión de las restantes.
Publicada la oferta pública, en el DOE, la convocatoria de las pruebas deberá realizarse en
todo caso antes de doce meses.
9. En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 10 por ciento de las
vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las
definidas en el apartado 2 del artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad
de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la
compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcance
el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública.
De conformidad con la normativa vigente, cada Administración Pública adoptará las medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en
el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de
trabajo a las necesidades de las personas con discapacidad.
10. T
 odo el personal del Ayuntamiento de Hervás y sus Organismos Autónomos que a fecha
1 de enero de 2017, ocupe puestos de trabajo con carácter fijo, incluido en la Relación de
Puesto de Trabajo, se considerará adscrito de forma definitiva al puesto que ocupa, con
independencia de la participación voluntaria en los concursos de provisión de puestos que
se convoquen en el futuro.
11. El Ayuntamiento de Hervás, también aprobará anualmente, los organigramas de los distintos Servicios Municipales.