Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025061511)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acuerdo regulador por el que regulan las relaciones de trabajo entre los empleados públicos del Excmo. Ayuntamiento de Hervás y la Corporación Municipal.
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NÚMERO 75
Lunes 21 de abril de 2025
21433
En todos los Grupos y Subgrupos anteriores serán admitidas para el acceso a las mismas
aquellos títulos que hayan sido declarados equivalentes legalmente a los anteriormente
citados.
Artículo 10. Relación de puestos de trabajo.
La Relación de Puestos de Trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Hervás, es el instrumento
técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades
de los servicios y los departamentos, así como los requisitos necesarios para el desempeño
de cada puesto en los términos siguientes:
1. L
a Relación de Puestos de Trabajo comprenderán todos los puestos de trabajo del Excmo.
Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos, el número y características de los que puedan
ser ocupados por Personal Laboral, así como los de aquellos otros que puedan desempeñarse por Personal Funcionario o personal eventual.
2. L
a Relación de Puestos de Trabajo indicarán, en todo caso, el contenido básico de cada
puesto de trabajo, de los que figurarán los siguientes datos:
a) Centro de trabajo al que pertenece.
b) Denominación y características esenciales.
c) Tipo de puesto.
d) Sistema de provisión y requisitos exigidos para su desempeño.
e) R
etribuciones complementarias asignadas (C. Destino y C. Específico).
f) Funciones.
3. L
a creación, modificación, refundición y supresión de puestos de trabajo se realizarán a
través de la Relación de Puestos de Trabajo.
4. La provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el empleado público, requerirá que
los correspondientes puestos figuren detallados en las respectivas relaciones.
5. L
a Relación de Puestos de Trabajo será publicada, entregándose copia a los Sindicatos presentes en la Mesa General de Negociación.
6. C
orresponde a la Corporación en Pleno aprobar anualmente, a través del Presupuesto,
como documento anexo a él, la plantilla y RPT, que deberá contener todos los puestos de
trabajo debidamente clasificados, reservados a los empleados públicos y habrá de responder a los principios de racionalidad, economía y eficacia.
Lunes 21 de abril de 2025
21433
En todos los Grupos y Subgrupos anteriores serán admitidas para el acceso a las mismas
aquellos títulos que hayan sido declarados equivalentes legalmente a los anteriormente
citados.
Artículo 10. Relación de puestos de trabajo.
La Relación de Puestos de Trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Hervás, es el instrumento
técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades
de los servicios y los departamentos, así como los requisitos necesarios para el desempeño
de cada puesto en los términos siguientes:
1. L
a Relación de Puestos de Trabajo comprenderán todos los puestos de trabajo del Excmo.
Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos, el número y características de los que puedan
ser ocupados por Personal Laboral, así como los de aquellos otros que puedan desempeñarse por Personal Funcionario o personal eventual.
2. L
a Relación de Puestos de Trabajo indicarán, en todo caso, el contenido básico de cada
puesto de trabajo, de los que figurarán los siguientes datos:
a) Centro de trabajo al que pertenece.
b) Denominación y características esenciales.
c) Tipo de puesto.
d) Sistema de provisión y requisitos exigidos para su desempeño.
e) R
etribuciones complementarias asignadas (C. Destino y C. Específico).
f) Funciones.
3. L
a creación, modificación, refundición y supresión de puestos de trabajo se realizarán a
través de la Relación de Puestos de Trabajo.
4. La provisión de puestos de trabajo a desempeñar por el empleado público, requerirá que
los correspondientes puestos figuren detallados en las respectivas relaciones.
5. L
a Relación de Puestos de Trabajo será publicada, entregándose copia a los Sindicatos presentes en la Mesa General de Negociación.
6. C
orresponde a la Corporación en Pleno aprobar anualmente, a través del Presupuesto,
como documento anexo a él, la plantilla y RPT, que deberá contener todos los puestos de
trabajo debidamente clasificados, reservados a los empleados públicos y habrá de responder a los principios de racionalidad, economía y eficacia.