Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061458)
Resolución de 6 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental al proyecto de explotación avícola de cebo de pollos, en el término municipal de Salvatierra de los Barros, cuya promotora es Avícolas Cabar, SL. Expte.: IA23/1257.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 74
Miércoles 16 de abril de 2025
21124
C.2. Impactos más significativos de la alternativa elegida.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
Según el informe del 23 de noviembre de 2023 del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General Sostenibilidad la actividad solicitada
se localiza fuera de la Red Natura 2000 y de otras Áreas Protegidas. Por otro lado indica,
respecto a los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad que no hay datos de la presencia de valores
naturales en la parcela de actuación. Concluye informando “favorablemente la actividad, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats
protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas”.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
En cuanto a la afección a cauces, zona de servidumbre, zona de policía y zonas inundables indica que una de las naves proyectadas se ubicaría, parcialmente, en zona de
policía del arroyo del Alcornocal, que constituye el DPH del Estado, definido en el artículo 2 de Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Aguas (TRLA). Asimismo, la documentación aportada indica que
“todo el perímetro de la parcela estará vallado con malla de simple torsión”. Si bien no
se define en los planos remitidos el trazado de este cerramiento, el mismo podría afectar al citado arroyo del Alcornocal y/o a su zona de policía, al discurrir este cauce por el
interior de las parcelas de actuación.
Consta solicitud de autorización administrativa, presentada por el promotor con fecha
15/03/2024 para las obras de este proyecto que afecten al arroyo del Arconocal y su
zona de policía. OBMA 52/24.
Durante la construcción del proyecto se tendrá en cuenta que la instalación cuente
con todas las autorizaciones pertinentes del organismo de cuenca correspondiente. Del
mismo modo se prestará especial atención en que la instalación cuente con suelos impermeables canalizados a sistemas de almacenamiento y retención convenientemente
dimensionados e impermeabilizados. De esta manera se garantiza que el sistema hidrológico y la calidad de las aguas nos e vea afectado.
Miércoles 16 de abril de 2025
21124
C.2. Impactos más significativos de la alternativa elegida.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
Según el informe del 23 de noviembre de 2023 del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General Sostenibilidad la actividad solicitada
se localiza fuera de la Red Natura 2000 y de otras Áreas Protegidas. Por otro lado indica,
respecto a los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad que no hay datos de la presencia de valores
naturales en la parcela de actuación. Concluye informando “favorablemente la actividad, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats
protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas”.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
En cuanto a la afección a cauces, zona de servidumbre, zona de policía y zonas inundables indica que una de las naves proyectadas se ubicaría, parcialmente, en zona de
policía del arroyo del Alcornocal, que constituye el DPH del Estado, definido en el artículo 2 de Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Aguas (TRLA). Asimismo, la documentación aportada indica que
“todo el perímetro de la parcela estará vallado con malla de simple torsión”. Si bien no
se define en los planos remitidos el trazado de este cerramiento, el mismo podría afectar al citado arroyo del Alcornocal y/o a su zona de policía, al discurrir este cauce por el
interior de las parcelas de actuación.
Consta solicitud de autorización administrativa, presentada por el promotor con fecha
15/03/2024 para las obras de este proyecto que afecten al arroyo del Arconocal y su
zona de policía. OBMA 52/24.
Durante la construcción del proyecto se tendrá en cuenta que la instalación cuente
con todas las autorizaciones pertinentes del organismo de cuenca correspondiente. Del
mismo modo se prestará especial atención en que la instalación cuente con suelos impermeables canalizados a sistemas de almacenamiento y retención convenientemente
dimensionados e impermeabilizados. De esta manera se garantiza que el sistema hidrológico y la calidad de las aguas nos e vea afectado.