Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Asistencia Social. Subvenciones. (2025040040)
Decreto 20/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cofinanciado por la Unión Europea, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 74
Miércoles 16 de abril de 2025

20875

Además, en el caso del criterio previsto en la letra e) del apartado 1 de este mismo artículo
8, la determinación para la valoración de cada solicitud respecto del plazo de entrega de
las tarjetas o vales a las familias será el plazo máximo de 20 días hábiles, salvo que el proyecto subvencionado indique un plazo menor en aplicación del citado criterio, determinada
en el apartado noveno de esta convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
3.1.f) del presente decreto.
2. En caso de empate a puntos, el desempate se decidirá atendiendo en primer lugar al mayor
porcentaje obtenido por la entidad en el criterio del grado de implantación de la entidad
en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Si aun así persistiera el empate, el desempate se decidirá atendiendo al mayor porcentaje obtenido por la entidad en el criterio de
establecimientos comerciales donde podrá utilizarse la tarjeta o vale, así como su grado de
cobertura territorial.
Octavo. Créditos presupuestarios y financiación.
1. Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cuantía total de 9.251.665 €, con cargo
a la aplicación presupuestaria 110030000/G/252B/48000/FB21444M01/20230144 proyecto de gasto denominado “Programa Básico lucha contra la privación material severa” de los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2025,
2026 y 2027, cofinanciado al 90 % por el Fondo Social Europeo Plus (2021-2027), en el
objetivo político 4, que busca lograr una Europa más social e inclusiva, por medio de la
aplicación del Pilar Europeo de Derechos Sociales, y prioridad 4. Lucha contra la privación
material (Apoyo a las personas más desfavorecidas en el marco del objetivo específico establecido en el artículo 4, apartado 1, letra m), del Reglamento del FSE+ (ESO.4.13. Lucha
contra la privación material)).
La citada cuantía total se distribuirá entre las siguientes anualidades e importes por conceptos de gastos subvencionables:
a) Para la anualidad 2025, por cuantía total de 3.034.561 € que se destinarán a: un importe de 2.700.989 € para los importes de carga y recarga de las tarjetas o vales susceptibles de canjearse por los productos que se adquieran con las tarjetas o vales entregados
a las familias, un importe de 144.503 € para destinar a los gastos de realización del
proyecto en concepto de retribuciones del personal que gestione directamente el Programa Básico, así como para los costes de producción y distribución de las tarjetas o
vales, creación del sistema de seguimiento de su uso cualquier otro gasto relacionado
con la realización de las actuaciones subvencionadas descritas en el artículo 3 del presente decreto y, por último, un importe de 189.069 € para destinar a los gastos de las
medidas de acompañamiento.