Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Asistencia Social. Subvenciones. (2025040040)
Decreto 20/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cofinanciado por la Unión Europea, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 74
Miércoles 16 de abril de 2025

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la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, en el ámbito de sus
competencias, una coordinación y cooperación con las entidades locales, a través de los servicios sociales de atención social básica, y con Cruz Roja Española, que asegure la homogeneidad de un procedimiento de acceso en todo el territorio autonómico y garantice la igualdad
de todas las personas y la asistencia en la prestación de la ayuda en igualdad de condiciones
en todo el territorio autonómico.
Una vez finalizado el periodo transitorio en el año 2024, a partir del año 2025 la responsabilidad para la gestión del Programa Básico en Extremadura será, por tanto, de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
El Estatuto de Autonomía de Extremadura atribuye a ésta, en su artículo 9.1.27, la competencia exclusiva en materia de acción social. Y, en este marco competencial, se aprueba la
Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, cuyo artículo 32.1 dispone
que la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene las competencias en
materia de servicios sociales en el territorio de la Comunidad Autónoma, así como la gestión
y ordenación del Sistema Público de Servicios Sociales, en los términos establecidos en la
presente ley y en aquella otra normativa específica que sea de aplicación.
El artículo 34.a) de la citada ley establece que le corresponde a la Consejería competente en
materia de servicios sociales de la Junta de Extremadura, entre otras, las competencias para
impulsar, planificar, coordinar y evaluar las políticas en materia de servicios sociales en la
Comunidad Autónoma.
De acuerdo con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejería de Salud y Servicios Sociales es el órgano administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura al que
le corresponde las competencias en materia de servicios sociales. Y a la Secretaria General
de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia le corresponde, bajo la dirección superior
de la persona titular de la consejería, en virtud del Decreto 235/2023, de 12 de septiembre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales
y se modifica el Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos
del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, la planificación, el desarrollo, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas en materia de programas y prestaciones
básicas y especializadas en materia de servicios sociales, con especial dedicación a la lucha
contra la pobreza y la exclusión social, así como la función de planificación, ejecución, evaluación y seguimiento de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
En relación con las Entidades Locales, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local, establece en su artículo 25.2 e), en relación con el artículo 26, que en los
términos de la legislación del Estado y las Comunidades Autónomas, los municipios con po-