Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Asistencia Social. Subvenciones. (2025040040)
Decreto 20/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cofinanciado por la Unión Europea, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 74
Miércoles 16 de abril de 2025
20830
por productos de alimentación previstos en el citado programa y por otra “asistencia material
básica” según la definición del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo
Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1296/2013, en concreto por artículos de higiene tales como jabón, champú y pasta de dientes, así como de higiene femenina
menstrual, y pañales infantiles.
Por otra parte, el Programa Básico incluirá, además de la provisión de alimentos y la cobertura
de otra asistencia material básica, una serie de medidas de acompañamiento, que completarán el conjunto de actuaciones dirigidas a favorecer la inclusión social de las personas y familias beneficiarias de la asistencia material básica. Podrán ser prestadas tanto por los servicios
sociales autonómicos y locales como por las entidades sociales acreditadas para esta finalidad
por los servicios sociales.
Durante el año 2024, de forma transitoria, la gestión de este Programa Básico ha sido asumida directamente por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través
de una subvención concedida a la entidad Cruz Roja Española al amparo del Real Decreto
93/2024, de 23 de enero, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la
entidad social Cruz Roja Española para la puesta en marcha durante el año 2024 del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico). A partir
de 2025, el Programa Básico será gestionado en su totalidad por las comunidades y ciudades
autónomas.
Durante esta fase transitoria de puesta en marcha del citado Programa Básico, de acuerdo con
las competencias propias en materia de servicios sociales de cada una de las comunidades
autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, se han dictado diferentes instrumentos jurídicos
por parte de cada comunidad autónoma o Ceuta y Melilla con el objeto de coordinar la implementación del citado programa en sus respectivos territorios respecto del procedimiento
de valoración y posterior derivación de las familias con hijos e hijas a cargo, susceptibles de
recibir la ayuda por haber acreditado los requisitos establecidos en el Programa Básico.
En la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro del marco competencial de la Junta de
Extremadura y de las Entidades Locales en materia de servicios sociales, se dictó Resolución
de 10 de junio de 2024, de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y
Familia, por la que se aprueba la Guía de procedimiento de acceso y derivación de las familias
beneficiarias al Programa de Asistencia Material Básica (Programa Básico).
Mediante la citada resolución se aprueba una guía de procedimiento de acceso y derivación de
las familias beneficiarias al Programa de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en el
ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura en aras de facilitar por parte de
Miércoles 16 de abril de 2025
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por productos de alimentación previstos en el citado programa y por otra “asistencia material
básica” según la definición del artículo 2 del Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo
Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1296/2013, en concreto por artículos de higiene tales como jabón, champú y pasta de dientes, así como de higiene femenina
menstrual, y pañales infantiles.
Por otra parte, el Programa Básico incluirá, además de la provisión de alimentos y la cobertura
de otra asistencia material básica, una serie de medidas de acompañamiento, que completarán el conjunto de actuaciones dirigidas a favorecer la inclusión social de las personas y familias beneficiarias de la asistencia material básica. Podrán ser prestadas tanto por los servicios
sociales autonómicos y locales como por las entidades sociales acreditadas para esta finalidad
por los servicios sociales.
Durante el año 2024, de forma transitoria, la gestión de este Programa Básico ha sido asumida directamente por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través
de una subvención concedida a la entidad Cruz Roja Española al amparo del Real Decreto
93/2024, de 23 de enero, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la
entidad social Cruz Roja Española para la puesta en marcha durante el año 2024 del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico). A partir
de 2025, el Programa Básico será gestionado en su totalidad por las comunidades y ciudades
autónomas.
Durante esta fase transitoria de puesta en marcha del citado Programa Básico, de acuerdo con
las competencias propias en materia de servicios sociales de cada una de las comunidades
autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, se han dictado diferentes instrumentos jurídicos
por parte de cada comunidad autónoma o Ceuta y Melilla con el objeto de coordinar la implementación del citado programa en sus respectivos territorios respecto del procedimiento
de valoración y posterior derivación de las familias con hijos e hijas a cargo, susceptibles de
recibir la ayuda por haber acreditado los requisitos establecidos en el Programa Básico.
En la Comunidad Autónoma de Extremadura, dentro del marco competencial de la Junta de
Extremadura y de las Entidades Locales en materia de servicios sociales, se dictó Resolución
de 10 de junio de 2024, de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y
Familia, por la que se aprueba la Guía de procedimiento de acceso y derivación de las familias
beneficiarias al Programa de Asistencia Material Básica (Programa Básico).
Mediante la citada resolución se aprueba una guía de procedimiento de acceso y derivación de
las familias beneficiarias al Programa de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en el
ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura en aras de facilitar por parte de