Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Asistencia Social. Subvenciones. (2025040040)
Decreto 20/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cofinanciado por la Unión Europea, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 74
Miércoles 16 de abril de 2025
20857
Asimismo, esta documentación debe responder a gastos acordes con los conceptos detallados como gastos subvencionables y realizados dentro del plazo previsto en el presente
artículo.
Los documentos acreditativos de los gastos justificados se marcarán con el estampillado
que se recoge a continuación, indicando en el mismo la subvención para cuya justificación
han sido presentados y la cuantía exacta que se imputa a la subvención.
d) Aquellos datos o documentos complementarios que puedan requerirse para la certificación del gasto a la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo o para recoger
y procesar los indicadores establecidos en el Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, para el programa destinado a la
lucha contra la privación material y en los principios establecidos en las Disposiciones
Comunes de la Política de Cohesión (Reglamento 2021/1060, de 24 de junio de 2021)
o cualquier otra información que resulte necesaria.
e) En su caso, la carta de pago de devolución voluntaria en el supuesto de remanentes no
aplicados a la subvención concedida se abonará por la entidad beneficiaria a través de
las entidades colaboradoras en la recaudación, que aparecen enumeradas en el Modelo
050. Tasa / Precio Público / Otro Ingreso que ha de presentarse para el pago y en el
que deberá consignarse como órgano gestor 11-Salud y Servicios Sociales, concepto
114371 “Devolución voluntaria de subvenciones en materia de política social”, detalle de
la liquidación “el número de expediente administrativo asignado o la denominación del
proyecto subvencionado objeto de devolución voluntaria” y la cuantía total a ingresar.
El citado modelo podrá confeccionarse on-line, disponible en el Portal Tributario de la
Junta de Extremadura (https://modelo050.juntaex.es/modelo050/ ) y podrá abonarse
a través de los medios previstos en dicho portal
(https://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/medios-de-pago ).
Miércoles 16 de abril de 2025
20857
Asimismo, esta documentación debe responder a gastos acordes con los conceptos detallados como gastos subvencionables y realizados dentro del plazo previsto en el presente
artículo.
Los documentos acreditativos de los gastos justificados se marcarán con el estampillado
que se recoge a continuación, indicando en el mismo la subvención para cuya justificación
han sido presentados y la cuantía exacta que se imputa a la subvención.
d) Aquellos datos o documentos complementarios que puedan requerirse para la certificación del gasto a la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo o para recoger
y procesar los indicadores establecidos en el Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, para el programa destinado a la
lucha contra la privación material y en los principios establecidos en las Disposiciones
Comunes de la Política de Cohesión (Reglamento 2021/1060, de 24 de junio de 2021)
o cualquier otra información que resulte necesaria.
e) En su caso, la carta de pago de devolución voluntaria en el supuesto de remanentes no
aplicados a la subvención concedida se abonará por la entidad beneficiaria a través de
las entidades colaboradoras en la recaudación, que aparecen enumeradas en el Modelo
050. Tasa / Precio Público / Otro Ingreso que ha de presentarse para el pago y en el
que deberá consignarse como órgano gestor 11-Salud y Servicios Sociales, concepto
114371 “Devolución voluntaria de subvenciones en materia de política social”, detalle de
la liquidación “el número de expediente administrativo asignado o la denominación del
proyecto subvencionado objeto de devolución voluntaria” y la cuantía total a ingresar.
El citado modelo podrá confeccionarse on-line, disponible en el Portal Tributario de la
Junta de Extremadura (https://modelo050.juntaex.es/modelo050/ ) y podrá abonarse
a través de los medios previstos en dicho portal
(https://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/medios-de-pago ).