Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Asistencia Social. Subvenciones. (2025040040)
Decreto 20/2025, de 1 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para el desarrollo del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa Básico) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cofinanciado por la Unión Europea, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 74
Miércoles 16 de abril de 2025
20846
c) Experiencia de la entidaden la entrega de tarjetas o vales para adquisición de productos
de alimentación. Hasta un máximo de 20 puntos, con el siguiente desglose:
1º Experiencia de entre 2 y 3 años. 20 puntos.
2º Experiencia de entre 1 y 2 años. 10 puntos.
3º Experiencia menor al año.5 puntos.
d) Propuestas innovadorasen relación con el desarrollo del proyecto y en coherencia con el
objeto y la finalidad de la convocatoria. Hasta un máximo de 10 puntos.
1º La entidad dispone de un sistema de remisión de la documentación vía web mediante
formularios online para el acceso de las familias destinatarias del Programa Básico a la
provisión de las tarjetas o vales, así como de un servicio gratuito de atención telefónica
o telemática a disposición de dichas familias para gestionar incidencias relacionadas
con las tarjetas o vales. 5 puntos.
2º La entidad dispone un sistema de entrega a domicilio de los productos adquiridos
con las tarjetas o vales para aquellas familias destinatarias que por diversos motivos no
puedan acceder físicamente al establecimiento comercial. 5 puntos.
3º La entidad no dispone de ninguno de los servicios previstos en los apartados anteriores. 0 puntos.
e) Capacidad de gestiónpara poner a disposición de las familias destinatarias del Programa
Básico con la máxima celeridad las tarjetas o vales. Hasta un máximo de 10 puntos.
1º El plazo de entrega de las tarjetas o vales a las familias destinatarias del Programa
Básico y, en su caso, el plazo de respuesta para los casos de pérdida, robo y otras incidencias relacionas con su uso es igual o menor a 10 días hábiles. 10 puntos.
2º El plazo de entrega de las tarjetas o vales a las familias destinatarias del Programa
Básico y, en su caso, el plazo de respuesta para los casos de pérdida, robo y otras incidencias relacionas con su uso es entre 11 y 20 días hábiles. 5 puntos.
3º El plazo de entrega de las tarjetas o vales a las familias destinatarias del Programa
Básico y, en su caso, el plazo de respuesta para los casos de pérdida, robo y otras incidencias relacionas con su uso es superior a 20 días hábiles. 0 puntos.
El cómputo de inicio del plazo de entrega de las tarjetas o vales previsto en el presente
criterio comenzará a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la derivación de las
familias destinatarias del Programa Básico.
Miércoles 16 de abril de 2025
20846
c) Experiencia de la entidaden la entrega de tarjetas o vales para adquisición de productos
de alimentación. Hasta un máximo de 20 puntos, con el siguiente desglose:
1º Experiencia de entre 2 y 3 años. 20 puntos.
2º Experiencia de entre 1 y 2 años. 10 puntos.
3º Experiencia menor al año.5 puntos.
d) Propuestas innovadorasen relación con el desarrollo del proyecto y en coherencia con el
objeto y la finalidad de la convocatoria. Hasta un máximo de 10 puntos.
1º La entidad dispone de un sistema de remisión de la documentación vía web mediante
formularios online para el acceso de las familias destinatarias del Programa Básico a la
provisión de las tarjetas o vales, así como de un servicio gratuito de atención telefónica
o telemática a disposición de dichas familias para gestionar incidencias relacionadas
con las tarjetas o vales. 5 puntos.
2º La entidad dispone un sistema de entrega a domicilio de los productos adquiridos
con las tarjetas o vales para aquellas familias destinatarias que por diversos motivos no
puedan acceder físicamente al establecimiento comercial. 5 puntos.
3º La entidad no dispone de ninguno de los servicios previstos en los apartados anteriores. 0 puntos.
e) Capacidad de gestiónpara poner a disposición de las familias destinatarias del Programa
Básico con la máxima celeridad las tarjetas o vales. Hasta un máximo de 10 puntos.
1º El plazo de entrega de las tarjetas o vales a las familias destinatarias del Programa
Básico y, en su caso, el plazo de respuesta para los casos de pérdida, robo y otras incidencias relacionas con su uso es igual o menor a 10 días hábiles. 10 puntos.
2º El plazo de entrega de las tarjetas o vales a las familias destinatarias del Programa
Básico y, en su caso, el plazo de respuesta para los casos de pérdida, robo y otras incidencias relacionas con su uso es entre 11 y 20 días hábiles. 5 puntos.
3º El plazo de entrega de las tarjetas o vales a las familias destinatarias del Programa
Básico y, en su caso, el plazo de respuesta para los casos de pérdida, robo y otras incidencias relacionas con su uso es superior a 20 días hábiles. 0 puntos.
El cómputo de inicio del plazo de entrega de las tarjetas o vales previsto en el presente
criterio comenzará a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la derivación de las
familias destinatarias del Programa Básico.