Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061416)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Extremadura para un estudio de costes de producción de tomate para transformación, aceituna manzanilla cacereña y arroz en Extremadura, su viabilidad y su incidencia económica en las zonas rurales donde se producen. N.º: 2531999FR001.
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NÚMERO 73
Martes 15 de abril de 2025
20499
f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en este convenio o en las
leyes.
En lo que se refiere a los efectos de la resolución del convenio y su liquidación, resultará de
aplicación lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, según el caso concurrente.
Duodécima. Confidencialidad y protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales (BOE del 6 de diciembre de 2018), así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos (DOUE de 4 de mayo), y demás normativa de desarrollo o que
resulte de aplicación.
Se adjunta como Anexo II al presente convenio el compromiso por las partes de cumplimiento
de las cláusulas relativas a la seguridad de la información, confidencialidad y protección de
datos personales.
Decimotercera. Responsabilidades. relación laboral.
Los contratos celebrados por la Universidad de Extremadura con terceros en ejecución de las
actuaciones objeto de este convenio serán de su exclusiva responsabilidad, efectuándose a
su riesgo y ventura.
Asimismo, todo personal propio, subcontratado o colaborador, que la Universidad de Extremadura emplee en el desarrollo del objeto de este convenio, será de su exclusiva cuenta y
responsabilidad, cuidando de la situación legal de dicho personal en todos los órdenes, respondiendo del cumplimiento de las obligaciones de carácter laboral, civil, mercantil y fiscal
que se deriven de dichas relaciones, eximiendo expresamente a esta Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de cualquier responsabilidad que pueda derivarse del
incumplimiento de estas obligaciones. Por ello, este Convenio no generará, en ningún caso,
relación laboral alguna entre la Junta de Extremadura y los/as profesionales que llevan a cabo
la ejecución de las actividades incluidas en el mismo.
Decimocuarta. Régimen jurídico y jurisdicción.
El presente convenio tiene carácter administrativo y se suscribe al amparo de lo dispuesto en
el artículo 47.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
Martes 15 de abril de 2025
20499
f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en este convenio o en las
leyes.
En lo que se refiere a los efectos de la resolución del convenio y su liquidación, resultará de
aplicación lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, según el caso concurrente.
Duodécima. Confidencialidad y protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales (BOE del 6 de diciembre de 2018), así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos (DOUE de 4 de mayo), y demás normativa de desarrollo o que
resulte de aplicación.
Se adjunta como Anexo II al presente convenio el compromiso por las partes de cumplimiento
de las cláusulas relativas a la seguridad de la información, confidencialidad y protección de
datos personales.
Decimotercera. Responsabilidades. relación laboral.
Los contratos celebrados por la Universidad de Extremadura con terceros en ejecución de las
actuaciones objeto de este convenio serán de su exclusiva responsabilidad, efectuándose a
su riesgo y ventura.
Asimismo, todo personal propio, subcontratado o colaborador, que la Universidad de Extremadura emplee en el desarrollo del objeto de este convenio, será de su exclusiva cuenta y
responsabilidad, cuidando de la situación legal de dicho personal en todos los órdenes, respondiendo del cumplimiento de las obligaciones de carácter laboral, civil, mercantil y fiscal
que se deriven de dichas relaciones, eximiendo expresamente a esta Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de cualquier responsabilidad que pueda derivarse del
incumplimiento de estas obligaciones. Por ello, este Convenio no generará, en ningún caso,
relación laboral alguna entre la Junta de Extremadura y los/as profesionales que llevan a cabo
la ejecución de las actividades incluidas en el mismo.
Decimocuarta. Régimen jurídico y jurisdicción.
El presente convenio tiene carácter administrativo y se suscribe al amparo de lo dispuesto en
el artículo 47.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,