Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061416)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Extremadura para un estudio de costes de producción de tomate para transformación, aceituna manzanilla cacereña y arroz en Extremadura, su viabilidad y su incidencia económica en las zonas rurales donde se producen. N.º: 2531999FR001.
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NÚMERO 73
20500
Martes 15 de abril de 2025
estando expresamente excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo
dispuesto en su artículo 6.1. No obstante, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 de dicho
texto legal, le son aplicables sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran
presentarse en la aplicación del referido convenio.
Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio serán resueltas
por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta. En caso contrario, será el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para resolver las citadas controversias de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes
firman este Convenio digitalmente, a fecha de la última firma electrónica realizada.
La Consejera de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible,
PA, La Secretaria General,
(Resolución de 02/08/2023,
DOE n.º 152 de 08/08/2023),
D.ª MARÍA DE LA CONCEPCIÓN
MONTERO GÓMEZ
El Rector Magnífico de la Universidad
de Extremadura,
D. PEDRO MARÍA FERNÁNDEZ SALGUERO
20500
Martes 15 de abril de 2025
estando expresamente excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo
dispuesto en su artículo 6.1. No obstante, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 de dicho
texto legal, le son aplicables sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran
presentarse en la aplicación del referido convenio.
Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio serán resueltas
por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta. En caso contrario, será el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para resolver las citadas controversias de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes
firman este Convenio digitalmente, a fecha de la última firma electrónica realizada.
La Consejera de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible,
PA, La Secretaria General,
(Resolución de 02/08/2023,
DOE n.º 152 de 08/08/2023),
D.ª MARÍA DE LA CONCEPCIÓN
MONTERO GÓMEZ
El Rector Magnífico de la Universidad
de Extremadura,
D. PEDRO MARÍA FERNÁNDEZ SALGUERO