Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061416)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Extremadura para un estudio de costes de producción de tomate para transformación, aceituna manzanilla cacereña y arroz en Extremadura, su viabilidad y su incidencia económica en las zonas rurales donde se producen. N.º: 2531999FR001.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 73
Martes 15 de abril de 2025
20496
También se aportará una Memoria Económica justificativa de los gastos derivados de la ejecución del convenio, que contendrá:
1. S
egún la identificación de las partidas de gastos incurridos, descritas en el Anexo I,
una relación clasificada de estos gastos de la actividad, con identificación de la persona
acreedora y del documento acreditativo, su importe, fecha de emisión y, en su caso,
fecha de pago. Esta relación deberá adoptar la forma de certificación expedida por el
Gerente de la Universidad de Extremadura o el funcionario en quien delegue.
2. L
a relación anterior deberá acompañarse de la correspondiente documentación acreditativa de cada gasto y correspondiente comprobante de pago, no admitiéndose los
pagos en metálico.
En cualquier caso, la Junta de Extremadura quedará eximida del abono de cualquier cantidad
que no haya sido justificada por la Universidad de Extremadura en la forma antes señalada.
Octava. Medidas de información y publicidad.
El presente convenio se encuentra cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) en un 85%, por lo que la Universidad de Extremadura se compromete cumplir
con las directrices en publicidad del carácter público de la contratación, teniendo en cuenta
las exigencias de los Reglamentos (CE) n.º 1305/2013 y n.º 808/2014, y su posterior modificación según el Reglamento de ejecución (UE) 2016/669 de la Comisión de 28 de abril de
2016, relativos a la ayuda al Desarrollo Rural a través del FEADER. Incluye la estrategia y las
medidas de Información y Publicidad a desarrollar en el marco del Programa de Desarrollo
Rural de Extremadura 2014-2020, así como su organización e implementación operativa.
Se incluirá el logo de los fondos FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural de Extremadura), con el lema “Europa invierte en las zonas rurales” y se hará referencia al fondo
europeo y a la Unión Europa en todos los documentos oficiales, así como en los documentos
del convenio o relacionados con el gasto y en las facturas.
Asimismo, en los actos de difusión y comunicación se tendrá en cuenta el Decreto 7/2002, de
29 de enero, de la imagen corporativa de la Junta de Extremadura (modificado por el Decreto
243/2011, de 1 de septiembre), el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura y demás normativa que resulte de aplicación.
Todas las comunicaciones referidas a las actuaciones que se realicen a consecuencia de la
aplicación de este convenio, bien sea a terceros, medios de comunicación o cualquier otro medio de difusión pública, publicaciones, inserciones en presa, comunicaciones electrónicas, dirigidas a una multiplicidad de personas o cualquier otro procedimiento que posibilite !a difusión
Martes 15 de abril de 2025
20496
También se aportará una Memoria Económica justificativa de los gastos derivados de la ejecución del convenio, que contendrá:
1. S
egún la identificación de las partidas de gastos incurridos, descritas en el Anexo I,
una relación clasificada de estos gastos de la actividad, con identificación de la persona
acreedora y del documento acreditativo, su importe, fecha de emisión y, en su caso,
fecha de pago. Esta relación deberá adoptar la forma de certificación expedida por el
Gerente de la Universidad de Extremadura o el funcionario en quien delegue.
2. L
a relación anterior deberá acompañarse de la correspondiente documentación acreditativa de cada gasto y correspondiente comprobante de pago, no admitiéndose los
pagos en metálico.
En cualquier caso, la Junta de Extremadura quedará eximida del abono de cualquier cantidad
que no haya sido justificada por la Universidad de Extremadura en la forma antes señalada.
Octava. Medidas de información y publicidad.
El presente convenio se encuentra cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) en un 85%, por lo que la Universidad de Extremadura se compromete cumplir
con las directrices en publicidad del carácter público de la contratación, teniendo en cuenta
las exigencias de los Reglamentos (CE) n.º 1305/2013 y n.º 808/2014, y su posterior modificación según el Reglamento de ejecución (UE) 2016/669 de la Comisión de 28 de abril de
2016, relativos a la ayuda al Desarrollo Rural a través del FEADER. Incluye la estrategia y las
medidas de Información y Publicidad a desarrollar en el marco del Programa de Desarrollo
Rural de Extremadura 2014-2020, así como su organización e implementación operativa.
Se incluirá el logo de los fondos FEADER (Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural de Extremadura), con el lema “Europa invierte en las zonas rurales” y se hará referencia al fondo
europeo y a la Unión Europa en todos los documentos oficiales, así como en los documentos
del convenio o relacionados con el gasto y en las facturas.
Asimismo, en los actos de difusión y comunicación se tendrá en cuenta el Decreto 7/2002, de
29 de enero, de la imagen corporativa de la Junta de Extremadura (modificado por el Decreto
243/2011, de 1 de septiembre), el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura y demás normativa que resulte de aplicación.
Todas las comunicaciones referidas a las actuaciones que se realicen a consecuencia de la
aplicación de este convenio, bien sea a terceros, medios de comunicación o cualquier otro medio de difusión pública, publicaciones, inserciones en presa, comunicaciones electrónicas, dirigidas a una multiplicidad de personas o cualquier otro procedimiento que posibilite !a difusión