Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061416)
Resolución de 7 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y la Universidad de Extremadura para un estudio de costes de producción de tomate para transformación, aceituna manzanilla cacereña y arroz en Extremadura, su viabilidad y su incidencia económica en las zonas rurales donde se producen. N.º: 2531999FR001.
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NÚMERO 73
Martes 15 de abril de 2025
20495
— Vocal: Julián Ramajo Hernández. Catedrático de Economía Aplicada. Departamento de
Economía.
La Comisión se podrá reunir siempre que sea necesario para el desarrollo de los trabajos.
La Comisión de Seguimiento será la encargada de garantizar su cumplimiento, dirigir los
trabajos derivados de este convenio, resolver las controversias que pudieran surgir en su
difusión y propuestas de futuras líneas de trabajo. Asimismo, le corresponde planificar las
tareas desarrolladas al grupo de trabajo y, realizar el análisis y evaluación posterior de sus
resultados.
En lo no contemplado por esta cláusula sobre el funcionamiento y actuaciones de la comisión,
se estará a lo dispuesto por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, sobre órganos colegiados de las distintas administraciones públicas. También resultará de aplicación la previsión contenida en su artículo 52.3 para la resolución de los convenios.
Sexta. Forma de pago.
El pago de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible a la Universidad de
Extremadura se efectuarán con arreglo a las siguientes normas:
• Se realizará en la cuenta de la Universidad Extremadura: SWIFT: BSCHESMMXXX IBAN:
ES3900496744452216163524.
• Un único pago por un importe de 17.423,50 €, correspondiente al importe total del convenio, una vez comprobada la documentación justificativa del cumplimiento del objeto
del convenio, que exigirá además la previa justificación de los gastos y pagos realizados,
tal y como se recoge en la cláusula séptima “Justificación de la realización del objeto del
convenio”.
Previo a efectuarse el pago, la Universidad de Extremadura deberá de estar al corriente de las
obligaciones tributarias con el Estado, la Hacienda Autonómica y la Seguridad Social.
En cualquier caso, la Junta de Extremadura quedará eximida del pago de cualquiera de las
cantidades anteriores indicadas, cuando por parte de la Universidad no se cumplan las normas antes señaladas.
Séptima. Plazo y forma de justificación y control de las actuaciones a realizar.
La justificación de la realización del objeto del convenio, y dentro de su periodo de vigencia,
deberá presentarse por la Universidad de Extremadura, ante la Dirección General de Desarrollo Rural y la Comisión de Seguimiento, una Memoria final de las actuaciones y los resultados
obtenidos realizadas, en formato digital.
Martes 15 de abril de 2025
20495
— Vocal: Julián Ramajo Hernández. Catedrático de Economía Aplicada. Departamento de
Economía.
La Comisión se podrá reunir siempre que sea necesario para el desarrollo de los trabajos.
La Comisión de Seguimiento será la encargada de garantizar su cumplimiento, dirigir los
trabajos derivados de este convenio, resolver las controversias que pudieran surgir en su
difusión y propuestas de futuras líneas de trabajo. Asimismo, le corresponde planificar las
tareas desarrolladas al grupo de trabajo y, realizar el análisis y evaluación posterior de sus
resultados.
En lo no contemplado por esta cláusula sobre el funcionamiento y actuaciones de la comisión,
se estará a lo dispuesto por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, sobre órganos colegiados de las distintas administraciones públicas. También resultará de aplicación la previsión contenida en su artículo 52.3 para la resolución de los convenios.
Sexta. Forma de pago.
El pago de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible a la Universidad de
Extremadura se efectuarán con arreglo a las siguientes normas:
• Se realizará en la cuenta de la Universidad Extremadura: SWIFT: BSCHESMMXXX IBAN:
ES3900496744452216163524.
• Un único pago por un importe de 17.423,50 €, correspondiente al importe total del convenio, una vez comprobada la documentación justificativa del cumplimiento del objeto
del convenio, que exigirá además la previa justificación de los gastos y pagos realizados,
tal y como se recoge en la cláusula séptima “Justificación de la realización del objeto del
convenio”.
Previo a efectuarse el pago, la Universidad de Extremadura deberá de estar al corriente de las
obligaciones tributarias con el Estado, la Hacienda Autonómica y la Seguridad Social.
En cualquier caso, la Junta de Extremadura quedará eximida del pago de cualquiera de las
cantidades anteriores indicadas, cuando por parte de la Universidad no se cumplan las normas antes señaladas.
Séptima. Plazo y forma de justificación y control de las actuaciones a realizar.
La justificación de la realización del objeto del convenio, y dentro de su periodo de vigencia,
deberá presentarse por la Universidad de Extremadura, ante la Dirección General de Desarrollo Rural y la Comisión de Seguimiento, una Memoria final de las actuaciones y los resultados
obtenidos realizadas, en formato digital.