Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2025061498)
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la integración social de menores y jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura mediante su incorporación o mantenimiento en el mercado laboral para el año 2025.
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NÚMERO 73
Martes 15 de abril de 2025

20674

Noveno. Plazo, forma de presentación y subsanación de solicitudes.
1. 
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación simultánea, de la convocatoria y su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura,
http://doe.juntaex.es , conforme a lo previsto en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, finalizando el 30 de noviembre
de 2025.
2. Las solicitudes se formalizarán conforme al Anexo I y se dirigirán a la persona titular de
la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales. El modelo de solicitud está disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites
https://www.juntaex.es en el apartado Trámites.
3. Las personas jurídicas estarán obligadas a presentar su solicitud por medios electrónicos en los términos del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf mediante el modelo normalizado disponible en la página https://www.juntaex.es de la Junta de Extremadura de
acuerdo con el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración
electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los registros
electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido en el
artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de presentación
de solicitudes:
a) 
Utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en el Portal Ciudadano junto con los modelos de documentos que deben acompañarse, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf).
b) En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido
por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre en su artículo 7, así como en cualquiera de
los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. La presentación de la solicitud conlleva la autorización a la Administración para recabar de
oficio los datos que se citan a continuación, salvo manifestación expresa en contrario de
los personas o entidades interesadas, en cuyo caso los solicitantes deberán marcar con una
cruz las casillas que figuran al efecto en el modelo de solicitud: