Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Colaboración Económica Municipal. (2025061512)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 8 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Servicios Residenciales, Centros de Día y Centros de Noche para personas mayores en situación de dependencia para 2025.
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NÚMERO 73
Martes 15 de abril de 2025
20716
Programa de Colaboración Económica Municipal de servicios residenciales, centros de día y
de centros de noche para personas mayores en situación de dependencia para 2024 y en
el Acuerdo de 30 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura,
por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de servicios residenciales para incrementar el número de plazas financiadas durante 2024 para personas
mayores en situación de dependencia y teniendo en cuenta lo establecido en el apartado
siguiente.
3. P
revia verificación de la documentación presentada por las entidades locales, conforme a lo
establecido en el apartado anterior, se determinará el importe de los remanentes de fondos
no comprometidos en la anualidad 2024, que se les comunicará a las entidades destinatarias, indicándoles el importe de los pagos que les correspondería percibir en 2025, a los
efectos de que procedan a alegar lo que consideren.
Una vez presentadas las alegaciones o finalizado el plazo de 10 días concedido para las
mismas, se procederá a tramitar los pagos en la forma establecida en el apartado anterior,
minorados en el importe que corresponda a través de la figura de los pagos en formalización, siendo comunicada dicha minoración mediante resolución de la persona titular de la
Dirección Gerencia del SEPAD de la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
Si el importe de los remanentes de fondos no comprometidos de la anualidad 2024 fuera
superior al importe de la transferencia a realizar en la anualidad 2025, se procederá de
acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior, debiendo la entidad destinataria devolver
el exceso de los remanentes de fondos no comprometidos de la anualidad 2024, mediante
modelo 50, consignando el código 11441-4, remitiendo copia del mismo al SEPAD.
4. N
o obstante, lo establecido en los apartados anteriores, las entidades destinatarias podrán renunciar a la transferencia en cualquier momento, debiendo, en su caso, efectuar la
devolución del importe abonado, a través de modelo 50, consignando el código 11441-4,
que deberá adjuntar al escrito de renuncia, la cual será aceptada mediante resolución de
la persona titular de la Dirección Gerencia del SEPAD de la Consejería de Salud y Servicios
Sociales.
5. L
os fondos no comprometidos serán devueltos de acuerdo con lo indicado en los apartados
3 y 4 anteriores, así como por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este programa, a través de modelo 50, consignando el código 11441-4 y remitiendo
copia del mismo al SEPAD.
6. S
in perjuicio de lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025, así como en los distintos acuerdos aprobados o que
Martes 15 de abril de 2025
20716
Programa de Colaboración Económica Municipal de servicios residenciales, centros de día y
de centros de noche para personas mayores en situación de dependencia para 2024 y en
el Acuerdo de 30 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura,
por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de servicios residenciales para incrementar el número de plazas financiadas durante 2024 para personas
mayores en situación de dependencia y teniendo en cuenta lo establecido en el apartado
siguiente.
3. P
revia verificación de la documentación presentada por las entidades locales, conforme a lo
establecido en el apartado anterior, se determinará el importe de los remanentes de fondos
no comprometidos en la anualidad 2024, que se les comunicará a las entidades destinatarias, indicándoles el importe de los pagos que les correspondería percibir en 2025, a los
efectos de que procedan a alegar lo que consideren.
Una vez presentadas las alegaciones o finalizado el plazo de 10 días concedido para las
mismas, se procederá a tramitar los pagos en la forma establecida en el apartado anterior,
minorados en el importe que corresponda a través de la figura de los pagos en formalización, siendo comunicada dicha minoración mediante resolución de la persona titular de la
Dirección Gerencia del SEPAD de la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
Si el importe de los remanentes de fondos no comprometidos de la anualidad 2024 fuera
superior al importe de la transferencia a realizar en la anualidad 2025, se procederá de
acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior, debiendo la entidad destinataria devolver
el exceso de los remanentes de fondos no comprometidos de la anualidad 2024, mediante
modelo 50, consignando el código 11441-4, remitiendo copia del mismo al SEPAD.
4. N
o obstante, lo establecido en los apartados anteriores, las entidades destinatarias podrán renunciar a la transferencia en cualquier momento, debiendo, en su caso, efectuar la
devolución del importe abonado, a través de modelo 50, consignando el código 11441-4,
que deberá adjuntar al escrito de renuncia, la cual será aceptada mediante resolución de
la persona titular de la Dirección Gerencia del SEPAD de la Consejería de Salud y Servicios
Sociales.
5. L
os fondos no comprometidos serán devueltos de acuerdo con lo indicado en los apartados
3 y 4 anteriores, así como por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este programa, a través de modelo 50, consignando el código 11441-4 y remitiendo
copia del mismo al SEPAD.
6. S
in perjuicio de lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025, así como en los distintos acuerdos aprobados o que