Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Colaboración Económica Municipal. (2025061512)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 8 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Servicios Residenciales, Centros de Día y Centros de Noche para personas mayores en situación de dependencia para 2025.
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NÚMERO 73
Martes 15 de abril de 2025
20715
Programa de Colaboración Económica Municipal de servicios residenciales, centros de día
y centros de noche para personas mayores en situación de dependencia, y en el Programa
de Colaboración Económica Municipal de centros residenciales para incrementar el número
de plazas financiadas durante 2024 para personas mayores en situación de dependencia,
salvo que la entidad hubiera presentado modificación expresa de la inscripción durante la
anualidad 2024 en el Registro de Entidades y Servicios para Personas Mayores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como aquellas plazas a los centros que, no habiendo
sido objeto de financiación en la anualidad 2024, y a fecha 30 de septiembre de 2024, se
encuentren inscritos en el Registro de Entidades y Servicios para Personas Mayores de la
Comunidad Autónoma de Extremadura e incluidos en la Red de Centros del SAAD para la
Atención a Personas Mayores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, fijándose un
porcentaje de financiación del 55% del total de plazas residenciales y del 40% del total de
plazas de centro de día y centro de noche que disponga el centro para personas mayores
en situación de dependencia.
Quinto. Abono de transferencias.
1. L
os fondos se harán efectivos a las entidades locales con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025 y de conformidad con
las partidas presupuestarias indicadas en el acuerdo cuarto.
2. C
ada uno de los pagos que se efectúe a las entidades incluidas en el Anexo I de este acuerdo se realizará, conforme a los criterios de distribución previstos en el acuerdo cuarto,
previo certificado del servicio gestor sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas
en este acuerdo para proceder al pago. Dicho certificado debe pronunciarse expresamente
sobre los remanentes de fondos no comprometidos con indicación de la cuantía, en su caso,
por cada entidad local afectada y del importe de las plazas no ocupadas en esa anualidad,
conforme a los siguientes devengos y porcentajes:
— Una vez aprobado el presente acuerdo, se abonará un primer 50% de la cantidad total
prevista para este ejercicio presupuestario.
— A partir del 1 de julio se abonará un segundo 50% de la cantidad total prevista para este
ejercicio presupuestario.
Estos pagos, en su caso, se minorarán mediante los mecanismos previstos para los pagos
en formalización, en la parte proporcional que corresponda, por el importe de los remanentes de fondos no comprometidos al finalizar el ejercicio 2024 y del importe de las plazas no
ocupadas en esa anualidad, de conformidad a lo establecido en el Acuerdo de 14 de febrero
de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el
Martes 15 de abril de 2025
20715
Programa de Colaboración Económica Municipal de servicios residenciales, centros de día
y centros de noche para personas mayores en situación de dependencia, y en el Programa
de Colaboración Económica Municipal de centros residenciales para incrementar el número
de plazas financiadas durante 2024 para personas mayores en situación de dependencia,
salvo que la entidad hubiera presentado modificación expresa de la inscripción durante la
anualidad 2024 en el Registro de Entidades y Servicios para Personas Mayores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como aquellas plazas a los centros que, no habiendo
sido objeto de financiación en la anualidad 2024, y a fecha 30 de septiembre de 2024, se
encuentren inscritos en el Registro de Entidades y Servicios para Personas Mayores de la
Comunidad Autónoma de Extremadura e incluidos en la Red de Centros del SAAD para la
Atención a Personas Mayores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, fijándose un
porcentaje de financiación del 55% del total de plazas residenciales y del 40% del total de
plazas de centro de día y centro de noche que disponga el centro para personas mayores
en situación de dependencia.
Quinto. Abono de transferencias.
1. L
os fondos se harán efectivos a las entidades locales con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025 y de conformidad con
las partidas presupuestarias indicadas en el acuerdo cuarto.
2. C
ada uno de los pagos que se efectúe a las entidades incluidas en el Anexo I de este acuerdo se realizará, conforme a los criterios de distribución previstos en el acuerdo cuarto,
previo certificado del servicio gestor sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas
en este acuerdo para proceder al pago. Dicho certificado debe pronunciarse expresamente
sobre los remanentes de fondos no comprometidos con indicación de la cuantía, en su caso,
por cada entidad local afectada y del importe de las plazas no ocupadas en esa anualidad,
conforme a los siguientes devengos y porcentajes:
— Una vez aprobado el presente acuerdo, se abonará un primer 50% de la cantidad total
prevista para este ejercicio presupuestario.
— A partir del 1 de julio se abonará un segundo 50% de la cantidad total prevista para este
ejercicio presupuestario.
Estos pagos, en su caso, se minorarán mediante los mecanismos previstos para los pagos
en formalización, en la parte proporcional que corresponda, por el importe de los remanentes de fondos no comprometidos al finalizar el ejercicio 2024 y del importe de las plazas no
ocupadas en esa anualidad, de conformidad a lo establecido en el Acuerdo de 14 de febrero
de 2024, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el