Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061362)
Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Soterramiento de línea aérea de media tensión "4846-06-La Codosera" y reubicación de los centros de transformación "Puerto Marbanejo (140104400)" y "Quinta del Café (903310099)"", a realizar en el término municipal de La Codosera (Badajoz), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA24/1700.
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NÚMERO 71
Viernes 11 de abril de 2025
19694
pudiera reducir su calidad visual. Además, al producirse la ocupación de este espacio por
canalización sobre caminos, se limita aún más su afección.
En fase de construcción, se generará un impacto por la intrusión visual generada debido
a la presencia de maquinaria y personal de obra y a las propias actuaciones de la obra.
Este impacto es temporal y limitado a la duración de esta fase.
En fase de funcionamiento, se considera que no se verá alterada la calidad paisajística, ya
que se sustituye una parte del trazado aéreo por una línea subterránea, no aportándose
por lo tanto nuevos elementos a la actual disposición del paisaje.
• Calidad del aire y contaminación acústica.
Durante la fase de construcción, los impactos considerados son los relativos a cambios en
la calidad del aire y al aumento de los niveles sonoros.
En lo que respecta a los cambios en la calidad del aire, se producirá el aumento de partículas en suspensión y de contaminantes atmosféricos debido a los movimientos de
tierras necesarios para la preparación del terreno, las actuaciones de apertura de fosos
para cimentaciones y zanjas, por el movimiento de maquinaria utilizado y otras acciones
relativas a la ejecución del proyecto.
El aumento de los niveles sonoros se deberá al funcionamiento de la maquinaria utilizada
para las distintas actuaciones de la obra.
Teniendo en cuenta que se trata de impactos temporales que desaparecerán una vez
finalizadas las obras y que éstas serán de escasa magnitud, se consideran impactos compatibles.
En fase de funcionamiento, las líneas de alta tensión pueden producir una ligera modificación de los campos eléctricos y magnéticos, la cual tendrá lugar en el entorno más
próximo de la instalación. En este sentido, los valores de campo serán muy inferiores a
los máximos recomendados a nivel internacional.
• Patrimonio arqueológico y bienes de dominio público.
Según lo indicado en el informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la Carta Arqueológica no muestra la existencia de yacimientos arqueológicos en la zona de ubicación del proyecto, ni en las zonas aledañas. Asimismo, tampoco
se produce afección sobre el Patrimonio Etnológico conocido en esa zona.
Viernes 11 de abril de 2025
19694
pudiera reducir su calidad visual. Además, al producirse la ocupación de este espacio por
canalización sobre caminos, se limita aún más su afección.
En fase de construcción, se generará un impacto por la intrusión visual generada debido
a la presencia de maquinaria y personal de obra y a las propias actuaciones de la obra.
Este impacto es temporal y limitado a la duración de esta fase.
En fase de funcionamiento, se considera que no se verá alterada la calidad paisajística, ya
que se sustituye una parte del trazado aéreo por una línea subterránea, no aportándose
por lo tanto nuevos elementos a la actual disposición del paisaje.
• Calidad del aire y contaminación acústica.
Durante la fase de construcción, los impactos considerados son los relativos a cambios en
la calidad del aire y al aumento de los niveles sonoros.
En lo que respecta a los cambios en la calidad del aire, se producirá el aumento de partículas en suspensión y de contaminantes atmosféricos debido a los movimientos de
tierras necesarios para la preparación del terreno, las actuaciones de apertura de fosos
para cimentaciones y zanjas, por el movimiento de maquinaria utilizado y otras acciones
relativas a la ejecución del proyecto.
El aumento de los niveles sonoros se deberá al funcionamiento de la maquinaria utilizada
para las distintas actuaciones de la obra.
Teniendo en cuenta que se trata de impactos temporales que desaparecerán una vez
finalizadas las obras y que éstas serán de escasa magnitud, se consideran impactos compatibles.
En fase de funcionamiento, las líneas de alta tensión pueden producir una ligera modificación de los campos eléctricos y magnéticos, la cual tendrá lugar en el entorno más
próximo de la instalación. En este sentido, los valores de campo serán muy inferiores a
los máximos recomendados a nivel internacional.
• Patrimonio arqueológico y bienes de dominio público.
Según lo indicado en el informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la Carta Arqueológica no muestra la existencia de yacimientos arqueológicos en la zona de ubicación del proyecto, ni en las zonas aledañas. Asimismo, tampoco
se produce afección sobre el Patrimonio Etnológico conocido en esa zona.