Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Control Tributario. (2025061377)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Tributos, por la que se publican los criterios que informan el Plan de Control Tributario de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 71
Viernes 11 de abril de 2025
19610
9. La declaración de la prohibición de disponer sobre los bienes muebles e inmuebles de
una sociedad, sin necesidad de que el procedimiento recaudatorio se dirija contra ella,
en el caso de que se hubiesen embargado al obligado tributario acciones o participaciones de aquélla y éste ejerza el control efectivo, total o parcial, directo o indirecto,
sobre la sociedad titular de los bienes muebles o inmuebles en cuestión, en los términos
previstos en el artículo 42 del Código de Comercio y aunque no estuviere obligado a
formular cuentas consolidadas.
10. El control de deudas suspendidas y paralizadas. Se realizarán actuaciones de control
y seguimiento de las deudas suspendidas, revisándose especialmente las deudas o
vencimientos suspendidos por recurso o reclamación, agilizando la ejecución de sentencias y resoluciones.
11. El control de la deuda pendiente en periodo ejecutivo. Se realizarán controles de la
deuda pendiente, en particular, de la deuda en fase de embargo, con el fin de agilizar
la gestión recaudatoria. Para ello se revisará la deuda más antigua para agilizar la finalización del procedimiento de apremio y seguimiento especial de las deudas de importe
superior a 100.000 euros.
3.
ACTUACIONES DE COLABORACIÓN Y COORDINADAS CON OTRAS ADMINISTRACIONES
TRIBUTARIAS Y ENTIDADES PRIVADAS.
3.1. COLABORACIÓN CON LA AEAT.
La colaboración entre la Agencia Tributaria y la Administración tributaria de la Comunidad
Autónoma de Extremadura se ajustará a las directrices establecidas conjuntamente entre ambas administraciones en el Plan de Control Tributario y Aduanero, que destina un
apartado a desarrollar este ámbito de actuación para el adecuado control de los tributos
cedidos, que sean gestionados por la Agencia Tributaria o por las Administraciones Autonómicas en virtud de delegación.
Este principio de colaboración se establece en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por
la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen
común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, que prevé el fomento y desarrollo de los intercambios de información entre las
Administraciones tributarias autonómicas y la estatal, así como la necesidad de fijar una
planificación coordinada de las actuaciones desarrolladas por las distintas Administraciones sobre los tributos cedidos.
Durante el ejercicio de 2025 se llevarán a cabo actuaciones de cooperación con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, centradas fundamentalmente en los siguientes
aspectos:
Viernes 11 de abril de 2025
19610
9. La declaración de la prohibición de disponer sobre los bienes muebles e inmuebles de
una sociedad, sin necesidad de que el procedimiento recaudatorio se dirija contra ella,
en el caso de que se hubiesen embargado al obligado tributario acciones o participaciones de aquélla y éste ejerza el control efectivo, total o parcial, directo o indirecto,
sobre la sociedad titular de los bienes muebles o inmuebles en cuestión, en los términos
previstos en el artículo 42 del Código de Comercio y aunque no estuviere obligado a
formular cuentas consolidadas.
10. El control de deudas suspendidas y paralizadas. Se realizarán actuaciones de control
y seguimiento de las deudas suspendidas, revisándose especialmente las deudas o
vencimientos suspendidos por recurso o reclamación, agilizando la ejecución de sentencias y resoluciones.
11. El control de la deuda pendiente en periodo ejecutivo. Se realizarán controles de la
deuda pendiente, en particular, de la deuda en fase de embargo, con el fin de agilizar
la gestión recaudatoria. Para ello se revisará la deuda más antigua para agilizar la finalización del procedimiento de apremio y seguimiento especial de las deudas de importe
superior a 100.000 euros.
3.
ACTUACIONES DE COLABORACIÓN Y COORDINADAS CON OTRAS ADMINISTRACIONES
TRIBUTARIAS Y ENTIDADES PRIVADAS.
3.1. COLABORACIÓN CON LA AEAT.
La colaboración entre la Agencia Tributaria y la Administración tributaria de la Comunidad
Autónoma de Extremadura se ajustará a las directrices establecidas conjuntamente entre ambas administraciones en el Plan de Control Tributario y Aduanero, que destina un
apartado a desarrollar este ámbito de actuación para el adecuado control de los tributos
cedidos, que sean gestionados por la Agencia Tributaria o por las Administraciones Autonómicas en virtud de delegación.
Este principio de colaboración se establece en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por
la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen
común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, que prevé el fomento y desarrollo de los intercambios de información entre las
Administraciones tributarias autonómicas y la estatal, así como la necesidad de fijar una
planificación coordinada de las actuaciones desarrolladas por las distintas Administraciones sobre los tributos cedidos.
Durante el ejercicio de 2025 se llevarán a cabo actuaciones de cooperación con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, centradas fundamentalmente en los siguientes
aspectos: