Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. (2025061367)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se adoptan los principios del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la temporada 2025/2026.
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NÚMERO 71
Viernes 11 de abril de 2025



19758

b) Recuperación de bosques y arbustos del entorno (zonas de nidificación), establecimiento o existencia de forestaciones y densificaciones.



c) Establecimiento de puntos de agua, incluyendo entre estas tanto charcas como abrevaderos.



d) Aporte de alimento suplementario de semillas (por ejemplo, trigo, colza, mijo, alpiste, girasol) durante al menos los tres meses de mayo, junio y julio. Se recomienda
que sean en mezcla y que contengan al menos 3 tipos de semillas con un mínimo del
10 % de cada una de ellas.

4. L
 a ejecución de las medidas recogidas en el punto anterior en los cotos participantes
serán objeto de verificación por parte de personal de la Dirección General de Gestión
Forestal, Caza y Pesca y Agentes del Medio Natural.
5. C
 ompromiso de cumplimiento estricto de resolución de autorización de caza, en su caso,
para la especie que se otorgue en virtud de la presente resolución.
Segundo. Los cotos que recogen el anexo I, que se inscribieron en el inventario a raíz de la
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca,
por la que se adoptan los principios del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptopelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sobre los
que se verificó el cumplimiento de los compromisos adquiridos, se mantendrán inscritos en el
inventario debiendo continuar con los citados compromisos. Si bien, de realizar cambios en
las actuaciones y/o su localización deberán notificarlas siguiendo el modelo de solicitud anexo
II, en el plazo señalado en el apartado primero.
Por otro lado, tanto estos cotos del anexo I como aquellos cotos, que voluntariamente no deseen continuar en el inventario podrán darse de baja cumplimentando y registrando el anexo
III, en cualquier momento a lo largo de la temporada de caza 2025-2026.
Tercero. Para cada coto participante se realizará una evaluación individualizada del cumplimiento de los compromisos, teniendo en cuenta los datos de monitorización y las medidas de
gestión. Entre aquellos que den cumplimiento a los compromisos adoptados, se procederá al
reparto del cupo de capturas establecido para la región en función del Plan de Caza adaptiva.
El listado de estos cotos donde se autorizará la caza de la tórtola europea se establecerá por
resolución de la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de caza,
resolución que se publicará en el DOE e incluirá además del listado cotos, el cupo asignado
a cada uno de ellos, las fechas de caza autorizadas, el requisito del precintado digital de los
ejemplares abatidos y otras condiciones de realización.