Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025061331)
Resolución de 28 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada del proyecto de almacenamiento de residuos no peligrosos, promovido por Card VFU Tomé, SL, en el término municipal de Moraleja (Cáceres).
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NÚMERO 70
Jueves 10 de abril de 2025
19251
3.4. Características del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
Como ya se ha indicado anteriormente el informe del Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas indica que el proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de
forma apreciable, directa o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El proyecto está ubicado en suelo industrial del municipio de Moraleja, y en el documento ambiental se indica que toda la superficie contará con pavimento impermeable
a base de solera de hormigón reforzado con fibra, con acabado fratasado mecánico.
La instalación contará con una red de saneamiento que recoge las aguas pluviales de
la campa a través de varias arquetas. Estas aguas serán conducidas a un separador
de hidrocarburos previamente a su vertido a la red general municipal. Aguas abajo del
separador, y antes del vertido a la red municipal, se instalará una arqueta para la toma
de muestras, fácilmente accesible.
— Suelos.
Como ya se ha indicado toda la superficie de almacenamiento de residuos contará con
pavimento impermeable a base de solera de hormigón, lo que minimiza notablemente
la posibilidad de contaminación del suelo.
— Fauna.
No se contempla la existencia de especies protegidas en la zona. Por tanto, la afección
a la fauna no es significativa.
— Vegetación.
En el área de implantación de la instalación no se encuentra ningún tipo de hábitat
natural de interés comunitario que requiera la designación de zonas de especial conservación, según aplicación de la Directiva 97/62/CE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de fauna y flora silvestres, en su Anexo I relativo a tipos de hábitats.
— Paisaje.
La instalación se sitúa en suelo industrial de terrenos llanos y totalmente consolidados.
El paisaje circundante de la zona de implantación del proyecto, al igual que en el resto
de la unidad paisajística, se caracteriza por la presencia de más actividades industriales. Por tanto, la afección al paisaje no es significativa.
Jueves 10 de abril de 2025
19251
3.4. Características del potencial impacto.
— Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.
Como ya se ha indicado anteriormente el informe del Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas indica que el proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de
forma apreciable, directa o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales.
— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
El proyecto está ubicado en suelo industrial del municipio de Moraleja, y en el documento ambiental se indica que toda la superficie contará con pavimento impermeable
a base de solera de hormigón reforzado con fibra, con acabado fratasado mecánico.
La instalación contará con una red de saneamiento que recoge las aguas pluviales de
la campa a través de varias arquetas. Estas aguas serán conducidas a un separador
de hidrocarburos previamente a su vertido a la red general municipal. Aguas abajo del
separador, y antes del vertido a la red municipal, se instalará una arqueta para la toma
de muestras, fácilmente accesible.
— Suelos.
Como ya se ha indicado toda la superficie de almacenamiento de residuos contará con
pavimento impermeable a base de solera de hormigón, lo que minimiza notablemente
la posibilidad de contaminación del suelo.
— Fauna.
No se contempla la existencia de especies protegidas en la zona. Por tanto, la afección
a la fauna no es significativa.
— Vegetación.
En el área de implantación de la instalación no se encuentra ningún tipo de hábitat
natural de interés comunitario que requiera la designación de zonas de especial conservación, según aplicación de la Directiva 97/62/CE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de fauna y flora silvestres, en su Anexo I relativo a tipos de hábitats.
— Paisaje.
La instalación se sitúa en suelo industrial de terrenos llanos y totalmente consolidados.
El paisaje circundante de la zona de implantación del proyecto, al igual que en el resto
de la unidad paisajística, se caracteriza por la presencia de más actividades industriales. Por tanto, la afección al paisaje no es significativa.