Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2025061282)
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Auxiliar de Servicios (Medios Audiovisuales), mediante el sistema de acceso libre.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 68
Martes 8 de abril de 2025
18513
4.2. L
as personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la
relación de personas admitidas o excluidas, dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos o incluidas en la relación de personas admitidas, quedarán definitivamente
en situación de exclusión para la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar
fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de personas excluidas, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de personas
admitidas.
4.3. En el término de quince días desde que termine el plazo de subsanación de errores,
la Gerencia publicará en el Diario Oficial de Extremadura, la resolución por la que
se eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas. En la misma se
determinará el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso, orden de
actuación de cada aspirante.
La citada resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá
interponer recurso potestativo de reposición ante el Rectorado de esta Universidad,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a su publicación.
4.4. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 18/2001, de Tasas y
Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el sujeto pasivo tiene
derecho a la devolución de las tasas que ha satisfecho si, por causas que no le son
imputables, no se han prestado las actividades o servicios gravados.
5. T
ribunal Calificador.
5.1. E
l Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
5.2.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el III Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del
personal funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura
y demás disposiciones vigentes.
Martes 8 de abril de 2025
18513
4.2. L
as personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la
relación de personas admitidas o excluidas, dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser
incluidos o incluidas en la relación de personas admitidas, quedarán definitivamente
en situación de exclusión para la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar
fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de personas excluidas, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de personas
admitidas.
4.3. En el término de quince días desde que termine el plazo de subsanación de errores,
la Gerencia publicará en el Diario Oficial de Extremadura, la resolución por la que
se eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas. En la misma se
determinará el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso, orden de
actuación de cada aspirante.
La citada resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá
interponer recurso potestativo de reposición ante el Rectorado de esta Universidad,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o recurso
contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a su publicación.
4.4. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 18/2001, de Tasas y
Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el sujeto pasivo tiene
derecho a la devolución de las tasas que ha satisfecho si, por causas que no le son
imputables, no se han prestado las actividades o servicios gravados.
5. T
ribunal Calificador.
5.1. E
l Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
5.2.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el III Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del
personal funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura
y demás disposiciones vigentes.