Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2025061282)
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Auxiliar de Servicios (Medios Audiovisuales), mediante el sistema de acceso libre.
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NÚMERO 68
Martes 8 de abril de 2025
18512
3.5. Las candidaturas deberán observar las siguientes instrucciones en el cumplimiento de
su solicitud:
a) En el recuadro de la solicitud destinado a “Escala”, quienes solicitan indicarán
“Auxiliar de Servicios (Medios Audiovisuales)”.
b) En el recuadro destinado a forma de acceso, se indicará “Acceso libre”.
c) Quienes precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de las
pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar dentro del plazo referido en la base 3.3 c) de la presente
convocatoria, escrito en el que soliciten el tipo de adaptación que necesiten, así
como certificado médico acreditativo de la discapacidad. El Tribunal podrá recabar
informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) En el recuadro destino a “Datos a consignar según la convocatoria”, indicarán la
adscripción a la localidad de las Bolsas de Trabajo que, en su caso, se generen
como consecuencia del correspondiente procedimiento selectivo. A tal efecto,
se establecerán cuatro Bolsas de Trabajo para las localidades de: Cáceres (1),
Badajoz (2), Mérida (3) y Plasencia (4). Será obligatorio indicar, al menos, una
localidad de las referidas. La no indicación de ninguna localidad en la solicitud se
entenderá como realizada para las 4 bolsas.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.7. Las personas aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en
sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito
motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esa naturaleza.
4. A
dmisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el o la Gerente de la Universidad
de Extremadura dictará, por delegación del Rector o Rectora, resolución en el plazo
máximo de dos meses por la que se declarará aprobada la lista provisional de aspirantes en situación de admisión o exclusión en las pruebas selectivas. Esta resolución
será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, junto con la relación de personas
aspirantes excluidas con indicación de la causa de exclusión.
Martes 8 de abril de 2025
18512
3.5. Las candidaturas deberán observar las siguientes instrucciones en el cumplimiento de
su solicitud:
a) En el recuadro de la solicitud destinado a “Escala”, quienes solicitan indicarán
“Auxiliar de Servicios (Medios Audiovisuales)”.
b) En el recuadro destinado a forma de acceso, se indicará “Acceso libre”.
c) Quienes precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de las
pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar dentro del plazo referido en la base 3.3 c) de la presente
convocatoria, escrito en el que soliciten el tipo de adaptación que necesiten, así
como certificado médico acreditativo de la discapacidad. El Tribunal podrá recabar
informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) En el recuadro destino a “Datos a consignar según la convocatoria”, indicarán la
adscripción a la localidad de las Bolsas de Trabajo que, en su caso, se generen
como consecuencia del correspondiente procedimiento selectivo. A tal efecto,
se establecerán cuatro Bolsas de Trabajo para las localidades de: Cáceres (1),
Badajoz (2), Mérida (3) y Plasencia (4). Será obligatorio indicar, al menos, una
localidad de las referidas. La no indicación de ninguna localidad en la solicitud se
entenderá como realizada para las 4 bolsas.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.7. Las personas aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en
sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito
motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esa naturaleza.
4. A
dmisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el o la Gerente de la Universidad
de Extremadura dictará, por delegación del Rector o Rectora, resolución en el plazo
máximo de dos meses por la que se declarará aprobada la lista provisional de aspirantes en situación de admisión o exclusión en las pruebas selectivas. Esta resolución
será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, junto con la relación de personas
aspirantes excluidas con indicación de la causa de exclusión.