Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2025061282)
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Auxiliar de Servicios (Medios Audiovisuales), mediante el sistema de acceso libre.
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NÚMERO 68
Martes 8 de abril de 2025
18520
La motivación de dicha lista, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al
cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
8.4. E
l Tribunal elevará, finalmente, al Rectorado la correspondiente propuesta de nombramiento como personal funcionario de carrera de la Escala de Auxiliar de Servicios
(Medios Audiovisuales) de la Universidad de Extremadura, a favor de quienes hayan
superado el proceso selectivo.
Al mismo tiempo, se facilitará al Área de Recursos Humanos el expediente administrativo ordenado y foliado, conteniendo toda la documentación que ha generado el
proceso selectivo.
8.5. La Gerencia de la Universidad de Extremadura dispondrá la publicación en el Diario
Oficial de Extremadura de la relación provisional de aspirantes aprobados, siendo esta
publicación determinante del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
su publicación, a efectos del posible recurso de alzada ante el Rector de la Universidad.
8.6. F
inalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Gerencia de la Universidad
ofertará a las personas seleccionadas los puestos a cubrir, ateniéndose a las peticiones conforme al orden de puntuación total obtenida en el proceso selectivo, siempre
que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la relación de
puestos de trabajo.
Al mismo tiempo se dictará resolución conteniendo la relación definitiva de personas
aprobadas con indicación del destino adjudicado y dispondrá su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, agotando dicho acto la vía administrativa. La misma será
motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases
de la convocatoria.
En todo caso deberá quedar en el expediente, como fundamento de la resolución
adoptada, la observancia del procedimiento debido.
9. L
ista de espera.
9.1. Una vez concluido cada proceso selectivo, el órgano de selección elevará al Rectorado una lista ordenada de quienes sin haber superado las correspondientes pruebas
selectivas hayan superado, al menos, el primer ejercicio, al objeto de ofertarles las
vacantes temporales que se pudieran producir en el ámbito de la Universidad de Extremadura. La lista contendrá́ la división en las localidades que hayan sido solicitadas
por las personas aspirantes conforme a lo establecido en la base 3.5.d).
Martes 8 de abril de 2025
18520
La motivación de dicha lista, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al
cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
8.4. E
l Tribunal elevará, finalmente, al Rectorado la correspondiente propuesta de nombramiento como personal funcionario de carrera de la Escala de Auxiliar de Servicios
(Medios Audiovisuales) de la Universidad de Extremadura, a favor de quienes hayan
superado el proceso selectivo.
Al mismo tiempo, se facilitará al Área de Recursos Humanos el expediente administrativo ordenado y foliado, conteniendo toda la documentación que ha generado el
proceso selectivo.
8.5. La Gerencia de la Universidad de Extremadura dispondrá la publicación en el Diario
Oficial de Extremadura de la relación provisional de aspirantes aprobados, siendo esta
publicación determinante del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de
su publicación, a efectos del posible recurso de alzada ante el Rector de la Universidad.
8.6. F
inalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Gerencia de la Universidad
ofertará a las personas seleccionadas los puestos a cubrir, ateniéndose a las peticiones conforme al orden de puntuación total obtenida en el proceso selectivo, siempre
que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la relación de
puestos de trabajo.
Al mismo tiempo se dictará resolución conteniendo la relación definitiva de personas
aprobadas con indicación del destino adjudicado y dispondrá su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, agotando dicho acto la vía administrativa. La misma será
motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases
de la convocatoria.
En todo caso deberá quedar en el expediente, como fundamento de la resolución
adoptada, la observancia del procedimiento debido.
9. L
ista de espera.
9.1. Una vez concluido cada proceso selectivo, el órgano de selección elevará al Rectorado una lista ordenada de quienes sin haber superado las correspondientes pruebas
selectivas hayan superado, al menos, el primer ejercicio, al objeto de ofertarles las
vacantes temporales que se pudieran producir en el ámbito de la Universidad de Extremadura. La lista contendrá́ la división en las localidades que hayan sido solicitadas
por las personas aspirantes conforme a lo establecido en la base 3.5.d).