Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2025061208)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la realización de estancias formativas en empresas o instituciones, para el profesorado de Formación Profesional Específica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
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NÚMERO 64
17285
Miércoles 2 de abril de 2025
Duodécimo. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
O bien podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-administrativo de Mérida o el correspondiente a la circunscripción del domicilio
del demandante, a elección de éste, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio
de los recursos que el interesado estime conveniente interponer.
Mérida, 25 de marzo de 2025.
El Director General de Formación
Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa,
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN
17285
Miércoles 2 de abril de 2025
Duodécimo. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
O bien podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo
Contencioso-administrativo de Mérida o el correspondiente a la circunscripción del domicilio
del demandante, a elección de éste, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello, sin perjuicio
de los recursos que el interesado estime conveniente interponer.
Mérida, 25 de marzo de 2025.
El Director General de Formación
Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa,
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN