Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2025061208)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la realización de estancias formativas en empresas o instituciones, para el profesorado de Formación Profesional Específica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
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NÚMERO 64
Miércoles 2 de abril de 2025
17284
2. E
l profesorado seleccionado podrá presentar renuncia motivada a la realización de la actividad. La renuncia o el abandono no motivados, de la práctica formativa, supondrá la
imposibilidad de participar durante los dos años siguientes en las estancias formativas.
Noveno. Reconocimiento y certificación.
1. L
a Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, certificará y reconocerá las
actividades seleccionadas en virtud de la presente convocatoria, ateniéndose a los requisitos que se establecen en la Orden de 31 de octubre de 2000 (DOE núm. 128, de 4 de
noviembre), por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro
de las actividades de formación permanente del profesorado y establece la equivalencia de
las actividades de investigación y de las titulaciones universitarias.
2. L
as empresas e instituciones colaboradoras con el programa de estancias formativas podrán solicitar, si lo estiman oportuno, un certificado acreditativo por parte de la Dirección
General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
Décimo. Revocación de la resolución.
Se procederá a la revocación de la resolución en los siguientes casos:
— Incumplimiento de las obligaciones impuestas a los interesados.
— Incumplimiento de la finalidad por la que se concede la autorización de las estancias
formativas en las empresas.
— Incumplimiento de las condiciones exigidas para ser seleccionado.
Undécimo. Vinculación con la institución o empresa de acogida.
1. D
urante el periodo de estancia formativa en una institución o empresa, el profesorado no
tendrá ninguna vinculación o relación laboral con éstas, ni podrá ocupar un puesto de trabajo dentro de su cuadro de personal.
2. L
a Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa comunicará a la Inspección de Trabajo el listado del profesorado y empresas o instituciones
participantes.
3. D
urante la realización de las estancias de formación, el profesorado participante en la misma estará cubierto por un seguro complementario de responsabilidad civil y de accidentes
suscrito por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
Miércoles 2 de abril de 2025
17284
2. E
l profesorado seleccionado podrá presentar renuncia motivada a la realización de la actividad. La renuncia o el abandono no motivados, de la práctica formativa, supondrá la
imposibilidad de participar durante los dos años siguientes en las estancias formativas.
Noveno. Reconocimiento y certificación.
1. L
a Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, certificará y reconocerá las
actividades seleccionadas en virtud de la presente convocatoria, ateniéndose a los requisitos que se establecen en la Orden de 31 de octubre de 2000 (DOE núm. 128, de 4 de
noviembre), por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro
de las actividades de formación permanente del profesorado y establece la equivalencia de
las actividades de investigación y de las titulaciones universitarias.
2. L
as empresas e instituciones colaboradoras con el programa de estancias formativas podrán solicitar, si lo estiman oportuno, un certificado acreditativo por parte de la Dirección
General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa.
Décimo. Revocación de la resolución.
Se procederá a la revocación de la resolución en los siguientes casos:
— Incumplimiento de las obligaciones impuestas a los interesados.
— Incumplimiento de la finalidad por la que se concede la autorización de las estancias
formativas en las empresas.
— Incumplimiento de las condiciones exigidas para ser seleccionado.
Undécimo. Vinculación con la institución o empresa de acogida.
1. D
urante el periodo de estancia formativa en una institución o empresa, el profesorado no
tendrá ninguna vinculación o relación laboral con éstas, ni podrá ocupar un puesto de trabajo dentro de su cuadro de personal.
2. L
a Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa comunicará a la Inspección de Trabajo el listado del profesorado y empresas o instituciones
participantes.
3. D
urante la realización de las estancias de formación, el profesorado participante en la misma estará cubierto por un seguro complementario de responsabilidad civil y de accidentes
suscrito por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.