Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2025061208)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la realización de estancias formativas en empresas o instituciones, para el profesorado de Formación Profesional Específica de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
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NÚMERO 64
Miércoles 2 de abril de 2025
17283
Octavo. Obligaciones de los interesados.
1. L
os interesados deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a) Durante el desarrollo de las estancias en las empresas o instituciones, deberán someterse a las actuaciones de seguimiento, comprobación, inspección y control a efectuar
por parte de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
b) Cualquier modificación o propuesta de cambio referida al proyecto de la actividad presentada, se comunicará de forma inmediata a la comisión de selección y seguimiento.
Asimismo, si se hubiera resuelto estimar la estancia formativa, pero finalmente en
el momento de su realización la persona beneficiaria no impartiera la enseñanza o
no trabajara en los servicios educativos referidos, deberá comunicar la renuncia a la
actividad.
c) Si la estancia formativa se desarrolla en el periodo de actividad profesional del profesorado participante, deberá comunicarse a la Dirección del centro educativo para que
sea autorizada, siempre que las actividades docentes y otras programadas en el centro
educativo no se vean afectadas.
d) Para la justificación de la realización de la estancia de formación, el profesorado participante recabará una certificación de la entidad o empresa, según modelo recogido en el
anexo III de la presente convocatoria, donde se acredite la realización de la actividad,
especificando el número de horas totales dedicadas. Asimismo, el profesorado elaborará
una breve memoria en la que se recojan al menos los siguientes aspectos:
— Objetivos alcanzados a la finalización del proyecto.
— Desarrollo del proyecto, donde se hará constar, sintéticamente, el trabajo realizado
en las diferentes fases del proyecto, así como las implicaciones organizativas que ha
supuesto su desarrollo.
— Utilidad de la experiencia para el centro de destino del participante.
— Conclusiones y sugerencias. Se reflejarán los logros del proyecto y su incidencia en la
mejora de las prácticas docentes, la valoración del proceso seguido y del producto alcanzado, y las propuestas que para el futuro se deriven de la realización del proyecto.
La memoria, junto con la certificación de la entidad o empresa anteriormente citada, deberán dirigirse a la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la finalización
de la actividad.
Miércoles 2 de abril de 2025
17283
Octavo. Obligaciones de los interesados.
1. L
os interesados deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a) Durante el desarrollo de las estancias en las empresas o instituciones, deberán someterse a las actuaciones de seguimiento, comprobación, inspección y control a efectuar
por parte de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
b) Cualquier modificación o propuesta de cambio referida al proyecto de la actividad presentada, se comunicará de forma inmediata a la comisión de selección y seguimiento.
Asimismo, si se hubiera resuelto estimar la estancia formativa, pero finalmente en
el momento de su realización la persona beneficiaria no impartiera la enseñanza o
no trabajara en los servicios educativos referidos, deberá comunicar la renuncia a la
actividad.
c) Si la estancia formativa se desarrolla en el periodo de actividad profesional del profesorado participante, deberá comunicarse a la Dirección del centro educativo para que
sea autorizada, siempre que las actividades docentes y otras programadas en el centro
educativo no se vean afectadas.
d) Para la justificación de la realización de la estancia de formación, el profesorado participante recabará una certificación de la entidad o empresa, según modelo recogido en el
anexo III de la presente convocatoria, donde se acredite la realización de la actividad,
especificando el número de horas totales dedicadas. Asimismo, el profesorado elaborará
una breve memoria en la que se recojan al menos los siguientes aspectos:
— Objetivos alcanzados a la finalización del proyecto.
— Desarrollo del proyecto, donde se hará constar, sintéticamente, el trabajo realizado
en las diferentes fases del proyecto, así como las implicaciones organizativas que ha
supuesto su desarrollo.
— Utilidad de la experiencia para el centro de destino del participante.
— Conclusiones y sugerencias. Se reflejarán los logros del proyecto y su incidencia en la
mejora de las prácticas docentes, la valoración del proceso seguido y del producto alcanzado, y las propuestas que para el futuro se deriven de la realización del proyecto.
La memoria, junto con la certificación de la entidad o empresa anteriormente citada, deberán dirigirse a la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la finalización
de la actividad.