Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061115)
Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego por goteo, mediante el aprovechamiento de aguas subterráneas, de 11,80 ha de olivar, en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA21/1805.
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NÚMERO 63
Martes 1 de abril de 2025

16899

C.2. Impactos más significativos del proyecto.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:


C.2.1. Red Natura 2000, Áreas Protegidas, fauna, flora, vegetación y hábitats.

La actividad solicitada se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de
Extramadura, en Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) “Llanos y Complejo Lagunar de La Albuera” (ES0000397) y Zona Especial de Conservación (ZEC) “Complejo
Lagunar de La Albuera” (ES4310003).
El Instrumento de Gestión de aplicación es el Plan Director de Red Natura 2000 (anexo
II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea
Natura 2000 en Extremadura)
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, es Grulla común (Grus grus). Catalogada “De interés
especial” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (Decreto 37/2001). Además, indica que se ha tenido en cuenta lo establecido en el Plan de Manejo de la Grulla
Común (Grus grus) en Extremadura (Orden de 22 de enero de 2009).
En su informe, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas indica
que el desarrollo de esta actividad no supone ninguna afección a esta especie ni afectará de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000.
En cuanto a la flora, cabe indicar que no existe vegetación natural en el interior de las
parcelas, y que los cultivos están implantados, se incorporan medidas para el fomento
de la vegetación natural en las lindes y en el dominio público hidráulico.
Respecto a las alegaciones formuladas por la repercusión del proyecto sobre la fauna
y, en particular, sobre la avifauna, la presente evaluación ambiental ha tenido en cuenta lo indicado por el órgano competente en la protección de especies protegidas en la
Comunidad Autónoma de Extremadura (Servicio de Conservación de la Naturaleza y
Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad), el cual ha emitido informe
de afección a la Red Natura 2000 y sobre la biodiversidad (CN 22/6853/03), informando
favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma
apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas
indicadas, para las cuales el promotor ha manifestado su conformidad, y que han sido
incluidas en el Apartado D del presente informe.