Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025060945)
Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada para la explotación porcina, en el término municipal de Valencia de las Torres, promovida por Encinares de Usagre, SL, concedida en fecha 6 de julio de 2021.
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NÚMERO 59
Miércoles 26 de marzo de 2025

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gestor autorizado. Para el control de la gestión de estos residuos agroganaderos, la instalación deberá disponer de un Libro de Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación
Agrícola de los estiércoles, conforme a lo establecido en el apartado – h – “Vigilancia y
seguimiento” de esta resolución, de forma que todas las deyecciones generadas sean
gestionadas adecuadamente, conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal de la explotación se
estima en 12.652,2 m3/año de estiércol porcino, que suponen unos 38.911 kg de nitrógeno/año. Todas las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente,
conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión
en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
2. El complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento
de los estiércoles sólidos, licuados y las aguas de limpieza, generados en las naves de
secuestro, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y
subterráneas, con tamaño adecuado para la retención de la producción de al menos 3
meses, que permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la
explotación porcina dispondrá de una capacidad total de retención mínima de estiércoles sólidos, licuados, aguas de limpieza y lixiviados del estercolero de 3.170,5 m3 para
ello el complejo porcino dispondrá de una fosa de 873 m3, una fosa de 393 m3, trece
fosas de 300 m3 y una fosa de 102 m3, todas ellas de hormigón.
3. El diseño y la construcción de las fosas de almacenamiento de purines deberá adaptarse
a las prescripciones que para este tipo de infraestructuras establece la Dirección General
de Sostenibilidad. Conforme a esto, se deberán tener en cuenta los siguientes requisitos:


• La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y
carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten
molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.



• La fosa será impermeabilizada con hormigón y cumplirá con las siguientes características constructivas:



— Se ejecutará en hormigón armado.



— Impermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.



— Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.



— Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.



— Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.