Ayuntamiento De Villanueva De La Serena. Urbanismo. (2025080471)
Anuncio de 18 de marzo de 2025 sobre aprobación definitiva del programa de ejecución de la actuación urbanizadora en suelo urbano no consolidado correspondiente al área de planeamiento específico M.3.01, denominada "Valdivia III".
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NÚMERO 59
Miércoles 26 de marzo de 2025



15875

— Negativa reiterada del agente urbanizador a cumplir sus obligaciones urbanísticas,
incluso las adquiridas en virtud de este convenio, habiendo sido requerido previamente de forma motivada y por escrito por el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.

— Comisión por el agente urbanizador o sus representantes de conductas que sean
constitutivas de delito en el cumplimiento de las funciones que le son propias como
adjudicatario.


— Comisión por el agente urbanizador, en el desarrollo del programa, de infracciones
urbanísticas tipificadas como muy graves.



— Acuerdo entre el agente urbanizador y el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena.



— Cumplimiento anticipado por el agente urbanizador de sus obligaciones, respecto de
los plazos inicialmente previstos en el presente convenio.



— Cuando a juicio de la Administración actuante el desarrollo y ejecución de las obras
o de los materiales utilizados no se ajustaren a los ritmos y calidades exigidas.

7.c) Procedimiento de resolución anticipada.
La resolución anticipada vendrá acordada por el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena,
previa audiencia del agente urbanizador y dictamen favorable de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura.
No será necesario el dictamen anterior si la resolución viene motivada por el cumplimiento
anticipado de las obligaciones del agente urbanizador.
8. C
 ONCLUSIÓN DEL PROGRAMA DE EJECUCIÓN. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN
Y PLAZO DE GARANTÍA.
8.a) Conclusión del programa de ejecución en los plazos previstos.
La recepción de las obras de urbanización corresponderá a la entidad local menor de Valdivia. Con tal objeto, una vez concluidas las obras de urbanización, dentro del plazo previsto
para su ejecución, de acuerdo con la estipulación segunda de este convenio, cuando el
agente urbanizador entienda que se han cumplido todas las obligaciones a las que se ha
comprometido en virtud del presente convenio, comunicará por escrito a la entidad local
menor de Valdivia la finalización de las mismas solicitando su recepción, acompañada de
la documentación técnica correspondiente a la finalización de las obras.