Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060936)
Resolución de 15 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta de compostados de orujo graso húmedo, estiércoles y restos vegetales, cuya promotora es Cano Valleros, SL, en el término municipal de Saucedilla (Cáceres). Expte.: IA24/0621.
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NÚMERO 58
Martes 25 de marzo de 2025

15378

•Q
 ueda prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización. Dicha
autorización corresponde a la Confederación Hidrográfica del Tajo, salvo en los casos de
vertidos efectuados en cualquier punto de la red de alcantarillado o de colectores gestionados por las Administraciones autonómicas o locales o por entidades dependientes
de las mismas, en los que la autorización corresponderá al órgano autonómico o local
competente.
E
 n consecuencia, el vertido resultante de la fosa séptica dotada de un sistema de filtrado/depuración cuyas aguas residuales una vez tratadas son evacuadas al medio exterior, hay que tener en cuenta que la Confederación Hidrográfica del Tajo no autoriza
vertidos individuales al dominio público hidráulico cuando pueda conducirse a una red
general de saneamiento.
E
 n el caso de imposibilidad de conexión a una red general de saneamiento, se deberán
unificar en la medida de lo posible todos los flujos de aguas residuales generados en
la actividad para su conducción a una única instalación de tratamiento y evacuación en
un único punto de vertido final. Además, se deberá obtener la correspondiente autorización de vertido y ajustarse a lo dispuesto en la misma.
En cualquier caso, en el supuesto que se empleen conducciones de redes de saneamiento,
éstas deberán ser estancas, para evitar infiltración de las aguas residuales a las aguas
subterráneas. En el caso que se contemple ejecutar un drenaje de aguas pluviales, la Confederación Hidrográfica del Tajo indica que la red de saneamiento sea separativa y que el
empleo de técnicas de drenaje de aguas pluviales sea sostenible.
Asimismo, deberá realizarse una adecuada gestión para evitar que las aguas de escorrentía pluvial incorporen contaminación adicional susceptible de contaminar las aguas
continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, sin comprometer la
consecución de los objetivos medioambientales y el cumplimiento de las normas de calidad
ambiental establecidas en el medio receptor conforme a la legislación de aguas.
Si se prevén actuaciones relacionadas con la vegetación en Dominio Público Hidráulico, o
en su Zona de Policía, se deberá disponer de autorización por parte de la Confederación
Hidrográfica del Tajo. Además, se realizan las siguientes indicaciones:
•S
 i se prevén desbroces, se utilizarán medios manuales.
•N
 o se eliminará toda la vegetación del dominio público hidráulico, debiendo ceñirse la
actuación a la retirada selectiva de plantas herbáceas o arbustivas anuales que puedan
impedir el acceso al dominio público hidráulico o la realización de las obras/actuaciones.