Ayuntamiento De Zafra. Planeamiento. (2025080465)
Anuncio de 14 de marzo de 2025 sobre aprobación definitiva de la modificación puntual de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana.
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NÚMERO 58
Martes 25 de marzo de 2025



15514

2. R
 esponde a la tipología de edificación entre medianerías sobre alineación de
exterior.




3. S
 u uso característico es el residencial.

2. O
 bras admisibles.



1. S
 on obras admisibles todas las obras en los edificios, (conservación, etc.) de demolición y de nueva edificación reguladas en los artículos 34 y siguientes.



3. P
 arcela mínima.



Se entiende por parcela mínima aquella que es capaz de acoger en planta, cumpliendo las restantes condiciones particulares, una vivienda que cumpla el programa y
superficie establecida para la vivienda mínima, en el artículo 76.



4. C
 ondiciones de la parcela.



A efectos de reparcelaciones, parcelaciones y segregaciones de parcela, las unidades
resultantes deberán cumplir las siguientes condiciones:



1. L a superficie de parcela será igual o superior a 90 m².



2. E
 l lindero frontal de la parcela tendrá una dimensión mayor o igual que 450 cm.



3. L a forma de la parcela permitirá la inscripción de un círculo de diámetro igual o
superior que 450cm.




Se exceptúan las parcelas que se destinan a usos dotacionales e infraestructurales.
5. S
 eparación a los linderos.



1. L
 a edificación, en caso de ser para uso residencial en planta baja y en las plantas
superiores para cualquier uso, se separará del lindero testero una distancia igual
o superior a un tercio de su altura de cornisa (H:3), con mínimo 3 m., midiéndose
esta distancia perpendicularmente en todos los puntos entre el plano de fachada
y el testero, siempre que la profundidad de la parcela sea mayor a 18 m. La altura de comisa se medirá para los distintos cuerpos de edificación enfrentados al
testero.



6. P
 osición respecto a la alineación exterior.



1. L
 a edificación deberá constituirse con la línea de fachada sobre alineación exterior, salvo lo dispuesto en el apartado siguiente.