Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060908)
Resolución de 15 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Reforma (por cambio de conductor LA-30) de la LAMT 4869-05 "Berzocana" de la STR "Cañamero", de 20 kV, entre los apoyos 5190 y 527 (CT "Albergue Navezuelas") de la misma", a realizar en los términos municipales de Cabañas del Castillo y Navezuelas (Cáceres), cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA23/0056.
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NÚMERO 57
Lunes 24 de marzo de 2025
15163
ocasionen al entorno natural, personas o cosas, bien directa o indirectamente, quedando obligado consecuentemente a satisfacer las indemnizaciones correspondientes.
Al finalizar los trabajos se realizará una limpieza general de la zona de trabajos de
todo tipo de materiales no biodegradables, que serán depositados en un vertedero
autorizado para ello.
• Deberá realizarse acta de replanteo con el Agente del Medio Natural e intentar reducir
al mínimo el impacto sobre la vegetación de la zona de implantación de la línea aérea
de alta tensión e infraestructuras asociadas.
Este Servicio señala asimismo que, en caso de que al hacer las obras surja la necesidad
de eliminar algunos pies, y únicamente en los proyectos declarados de Interés General
o Utilidad Pública donde no se considere viable otra alternativa, la corta de arbolado
del género Quercus sp. se condicionará a la compensación por la pérdida del efecto
sumidero de los pies arbóreos que se pretendan cortar. Para ello se deberá presentar
un documento complementario en el que se comuniquen las dimensiones exactas de
los pies arbóreos a cortar, la ubicación con las coordenadas X e Y en el sistema ETRS89
en el HUSO UTM 29, identificando todos los pies arbóreos que se eliminarían en la zona
de afección. Dicho documento se debe enviar con anterioridad a la eliminación de los
pies al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, para que éste pueda valorar adecuadamente la posible afección del proyecto en el medio forestal y la conveniencia de su
realización desde el punto de vista forestal.
— Con fecha de 20 de junio de 2024, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas emite informe en el que indica que el proyecto se encuentra incluido dentro
de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, en los siguientes Espacios de la Red
Natura 2000:
• Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Riveros del Almonte” (ES0000356)
y Zona Especial de Conservación (ZEC) “Río Almonte” (ES4320018).
• Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y Zona Especial de Conservación
(ZEC) “Sierra de las Villuercas y Valle de Guadarranque” (ES4320039).
Este Servicio informa favorablemente la ejecución del proyecto, ya que no es susceptible
de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre
que se cumplan las siguientes medidas preventivas, correctoras y compensatorias:
Medidas preventivas:
1. Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares natu-
Lunes 24 de marzo de 2025
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ocasionen al entorno natural, personas o cosas, bien directa o indirectamente, quedando obligado consecuentemente a satisfacer las indemnizaciones correspondientes.
Al finalizar los trabajos se realizará una limpieza general de la zona de trabajos de
todo tipo de materiales no biodegradables, que serán depositados en un vertedero
autorizado para ello.
• Deberá realizarse acta de replanteo con el Agente del Medio Natural e intentar reducir
al mínimo el impacto sobre la vegetación de la zona de implantación de la línea aérea
de alta tensión e infraestructuras asociadas.
Este Servicio señala asimismo que, en caso de que al hacer las obras surja la necesidad
de eliminar algunos pies, y únicamente en los proyectos declarados de Interés General
o Utilidad Pública donde no se considere viable otra alternativa, la corta de arbolado
del género Quercus sp. se condicionará a la compensación por la pérdida del efecto
sumidero de los pies arbóreos que se pretendan cortar. Para ello se deberá presentar
un documento complementario en el que se comuniquen las dimensiones exactas de
los pies arbóreos a cortar, la ubicación con las coordenadas X e Y en el sistema ETRS89
en el HUSO UTM 29, identificando todos los pies arbóreos que se eliminarían en la zona
de afección. Dicho documento se debe enviar con anterioridad a la eliminación de los
pies al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, para que éste pueda valorar adecuadamente la posible afección del proyecto en el medio forestal y la conveniencia de su
realización desde el punto de vista forestal.
— Con fecha de 20 de junio de 2024, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas emite informe en el que indica que el proyecto se encuentra incluido dentro
de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, en los siguientes Espacios de la Red
Natura 2000:
• Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Riveros del Almonte” (ES0000356)
y Zona Especial de Conservación (ZEC) “Río Almonte” (ES4320018).
• Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y Zona Especial de Conservación
(ZEC) “Sierra de las Villuercas y Valle de Guadarranque” (ES4320039).
Este Servicio informa favorablemente la ejecución del proyecto, ya que no es susceptible
de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre
que se cumplan las siguientes medidas preventivas, correctoras y compensatorias:
Medidas preventivas:
1. Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares natu-