Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2025060902)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025

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aula y la evaluación del alumnado, así como en la información sobre el funcionamiento de los
órganos de gobierno y de participación en la organización de actividades escolares y extraescolares y de coordinación didáctica, con especial atención a las actividades realizadas en las
horas de tutoría del alumnado.
Las actividades de formación serán programadas por la Comisión Calificadora, bien como actividades específicas para las personas aspirantes, bien dentro de la oferta general de formación. Estas actividades versarán sobre la didáctica de las materias atribuidas a la especialidad
de la persona aspirante, y sobre temas de contenido educativo general: elaboración de los
proyectos, educativos y curricular, evaluación, tutoría y medidas de atención a la diversidad.
Su duración no será inferior a veinte horas a lo largo de todo el período de prácticas, que podrán computarse como actividades complementarias en el horario de la persona aspirante. El
desarrollo de estas actividades será informado por las personas responsables de la actividad,
si se trata de una oferta específica, o mediante el certificado correspondiente si se trata de
actividades incluidas en la oferta general.
44.3. Evaluación del profesorado en prácticas.
Las personas funcionarias en prácticas elaborarán un informe final en el que harán una valoración de las dificultades encontradas y de los apoyos recibidos. Este informe será entregado
al término de la fase de prácticas a la Comisión Calificadora.
Los informes de la persona encargada de la tutorización y de la dirección del centro se ajustarán a los modelos que figuran en el anexo IX a esta resolución, y se expresarán en los términos “Satisfactoria” o “No satisfactoria”.
La evaluación de las personas funcionarias en prácticas será efectuada por la Comisión Calificadora a partir de los informes emitidos por las personas encargadas de la tutorización, la
dirección del centro, las personas responsables de las actividades de formación y, en su caso,
la persona del cuerpo de Inspectores responsable del centro. En su valoración se tendrá en
cuenta el informe elaborado por el personal funcionario en prácticas. El juicio en relación a
esta fase de la Comisión Calificadora se expresará en término de persona “Apta” o “No Apta”.
La presidencia de la Comisión Calificadora, en el caso que lo considere necesario, dispondrá
que el personal del cuerpo de Inspectores de Educación del centro en el que presta servicios
el personal funcionario en prácticas visite dicho centro y evalúe sus aptitudes didácticas en
el aula. El informe de la persona responsable del cuerpo de Inspectores se añadirá a los de
la Dirección y los de quien haya ejercido la tutorización para que, junto con el informe final
realizado por la persona funcionaria en prácticas, sirvan para la evaluación que debe hacer la
Comisión Calificadora.