Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2025060902)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025

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dades del servicio. El procedimiento para la adjudicación de destino para la realización de
la fase de prácticas se regulará mediante resolución por la Dirección General de Personal
Docente. Los destinos obtenidos para la realización del período de prácticas tendrán carácter provisional. Las personas seleccionadas que sean nombradas personal funcionario
en prácticas están obligadas a participar en los sucesivos concursos de provisión de plazas
que se convoquen, hasta la obtención de un destino definitivo en centros directamente
gestionados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta
de Extremadura.
43.3.2. Toma de posesión.
La toma de posesión del personal funcionario en prácticas que deba comenzar en el inicio
del curso escolar se realizará con efectos del 1 de septiembre del siguiente curso escolar
a la celebración del presente proceso selectivo. Se entenderá que renuncia al proceso de
ingreso y acceso el personal funcionario en prácticas que no se incorpore al destino adjudicado en el plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de incorporación al mismo.
Base XLIV. Desarrollo de la fase de prácticas.
44.1. Designación del personal responsable de la tutorización.
Las personas que ejerzan la tutorización serán designadas por la Comisión Calificadora, a
propuesta de la Dirección del centro, preferentemente entre el profesorado del centro en que
el personal funcionario en prácticas vaya a realizarlas, y que posean al menos cinco años de
servicio, siempre que sea posible. En el caso de que en el centro no haya profesorado que
cumpla estos requisitos, la Comisión Calificadora podrá designar personas de otros centros.
Las funciones de tutorización consistirán en asesorar, informar y evaluar al personal funcionario en prácticas sobre la organización y funcionamiento del centro y de sus órganos de
gobierno, de participación y de coordinación didáctica y sobre la programación didáctica de
las enseñanzas que les corresponda impartir, así como sobre los proyectos educativos y curriculares del centro. La persona que ejerza la tutorización podrá asistir a las clases que imparta
la persona aspirante si así lo considera conveniente para el desarrollo de sus funciones, y
podrá también admitirla en las suyas. Al final del período de prácticas, la persona que ejerza
la tutorización emitirá un informe en el que exprese su valoración sobre los aspectos que se
contienen en el anexo IX a esta resolución, así como los datos que considere de interés, y lo
remitirá a la Comisión Calificadora.
44.2. Actividades de inserción y formación.
Las actividades de inserción en el puesto de trabajo consistirán en el desarrollo de actividades tuteladas por la persona que ejerza la tutorización en relación con la programación de