Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2025060902)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025

14695

por la percepción de las remuneraciones durante su condición de personal funcionario en
prácticas, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero
(BOE de 6 de marzo), modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero (BOE de
1 de marzo). En el supuesto del personal interino, esta opción solo procederá si el nombramiento se ha realizado para todo el curso escolar del mismo año en el que se ha realizado
el proceso selectivo de ingreso.
42.2.3. Exención de la fase de prácticas.
Las personas seleccionadas que acrediten haber prestado servicios al menos durante un
curso escolar como personal funcionario docente de carrera estarán exentas de la realización de la fase de prácticas, pudiendo, no obstante, optar por permanecer en su cuerpo de
origen hasta su nombramiento como personal funcionario de carrera en el nuevo cuerpo, o
por incorporarse al destino que obtengan como personal funcionario en prácticas, estando
exentas de la evaluación de las mismas.
Las personas seleccionadas del proceso selectivo para acceso a otros cuerpos incluidos en
grupo de clasificación superior y reserva de discapacidad (accesos 3 y 4) estarán exentas
de la realización de la fase de prácticas. De igual forma, las personas que adquieran una
nueva especialidad por el proceso selectivo de acceso para la adquisición de nuevas especialidades estarán exentas de la fase de prácticas. Las personas a que se refiere este
apartado que no opten por ser nombradas personal funcionario en prácticas permanecerán
en sus cuerpos de origen hasta que se les nombre personal funcionario de carrera junto
con el resto de las personas seleccionadas.
42.2.4. Aplazamiento para la incorporación a las prácticas.
Las personas seleccionadas que necesiten aplazamiento para la incorporación en la fase de
prácticas por gestación, situaciones relacionadas con el embarazo o la maternidad, o por
otras causas debidamente justificadas y apreciadas por la Dirección General de Personal
Docente, deberán solicitarlo por escrito, acompañado de los documentos justificativos correspondientes.
Las comunicaciones de los supuestos particulares deberán realizarse enviando solicitud a
la Dirección General de Personal Docente en el plazo de cinco días hábiles contados desde
la publicación de las listas de personas seleccionadas.
42.2.5. Efectos de la no presentación de la documentación o de la carencia de requisitos.
 Quienes, dentro de los plazos fijados, salvo casos de fuerza mayor apreciados por la Dirección General de Personal Docente, no presentasen la documentación exigida, o si del