Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Procesos Selectivos. (2025060902)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, y por la que se convocan procesos para la integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias de determinados cuerpos.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025
14636
Esta acreditación también podrá ser exigida a cualquier aspirante cuando concurran
circunstancias debidamente justificadas.
D) P
rueba de acreditación del conocimiento del castellano.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Dirección General de Personal
Docente dictará resolución, que se publicará en el portal https://profex.educarex.es ,
anunciando el lugar y la fecha de celebración de la prueba de acreditación del castellano.
En dicha resolución, además, se designará al Tribunal que realizará esta prueba que
estará constituido por una presidencia y cuatro vocalías designadas entre personal
funcionario en activo del Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas o del
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
El contenido de la prueba de acreditación del conocimiento del castellano será determinado por el Tribunal en la convocatoria a las personas aspirantes tomando como
referencia lo dispuesto en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se
establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera, modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, y el Real Decreto
1004/2015, de 6 de noviembre.
La persona que realice la prueba será calificada como “apta” o “no apta”, siendo necesario obtener la valoración de “apta” para realizar las pruebas de la fase de oposición.
Una vez concluida y calificada la prueba, el Tribunal publicará en el portal de PROFEX
la lista de personas aspirantes que han obtenido la calificación de “aptas”. Contra la
misma, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.2. Requisitos específicos:
Además de los requisitos generales, las personas interesadas deberán cumplir los siguientes
requisitos:
4.2.1. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
a) Estar en posesión o reunir las condiciones para que le sea expedida alguna de las titulaciones de Doctorado, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura, o la titulación de grado
correspondiente. De conformidad con la disposición adicional única, apartado 1, del
Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, para las espe-
Viernes 21 de marzo de 2025
14636
Esta acreditación también podrá ser exigida a cualquier aspirante cuando concurran
circunstancias debidamente justificadas.
D) P
rueba de acreditación del conocimiento del castellano.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Dirección General de Personal
Docente dictará resolución, que se publicará en el portal https://profex.educarex.es ,
anunciando el lugar y la fecha de celebración de la prueba de acreditación del castellano.
En dicha resolución, además, se designará al Tribunal que realizará esta prueba que
estará constituido por una presidencia y cuatro vocalías designadas entre personal
funcionario en activo del Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas o del
Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
El contenido de la prueba de acreditación del conocimiento del castellano será determinado por el Tribunal en la convocatoria a las personas aspirantes tomando como
referencia lo dispuesto en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se
establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera, modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, y el Real Decreto
1004/2015, de 6 de noviembre.
La persona que realice la prueba será calificada como “apta” o “no apta”, siendo necesario obtener la valoración de “apta” para realizar las pruebas de la fase de oposición.
Una vez concluida y calificada la prueba, el Tribunal publicará en el portal de PROFEX
la lista de personas aspirantes que han obtenido la calificación de “aptas”. Contra la
misma, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.2. Requisitos específicos:
Además de los requisitos generales, las personas interesadas deberán cumplir los siguientes
requisitos:
4.2.1. Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
a) Estar en posesión o reunir las condiciones para que le sea expedida alguna de las titulaciones de Doctorado, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura, o la titulación de grado
correspondiente. De conformidad con la disposición adicional única, apartado 1, del
Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, para las espe-