Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060868)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental relativo al proyecto de instalación solar fotovoltaica "FV Cetes", a realizar en el término municipal de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA24/0130.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025

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la seguridad es una obligación de los propietarios y/o titulares de los mismos y/o los
que acometen la perforación y, por lo tanto, las responsabilidades recaen sobre ellos.


• Todos los pozos y sondeos deben estar tapados y vallados, principalmente, para proteger a las personas y los animales de caídas accidentales, así como parapreservar
el agua del acuífero de la contaminación. Esta obligación es aplicable tanto a los que
están en uso como a los que están fuera de uso. En este último caso se debe llevar a
cabo un sellado definitivo.



• Se ha de evitar, mediante el empleo de señales y barreras, que se acceda a ellos y
que se pueda producir un accidente, tanto de los propios usuarios como de cualquier
persona ajena.



• Pudiera darse el caso de que, en su propiedad, observase la existencia de una captación de aguas (con infraestructura asociada o sin ella) que se encuentra carente
de medidas de seguridad visibles o que esté abandonada. En consecuencia, deberá
ejecutar inmediatamente medidas que garanticen la seguridad y eviten la ocurrencia
de accidentes, así como ejecutar su clausura.



• Los sondeos y las obras relacionadas (éstas últimas si existiesen, como, por ejemplo,
balsas para recoger el material que se extrae con el sondeo, etc.) deberán ser ejecutados garantizando la no contaminación de las aguas superficiales o subterráneas.
Para ello, se deberán tomar las medidas pertinentes además de seguir las indicaciones del presente informe.



• Los lodos de perforación serán a base de agua y aditivos permitidos.



• Las balsas (si existiesen) deberán estar impermeabilizadas (por ejemplo, mediante
la utilización de lámina de plástico), además de adoptarse en ellas medidas de seguridad para evitar la ocurrencia de accidentes (caídas, etc.). Una vez finalizados los
trabajos, deberán ser tapadas hasta adoptar la topografía original.

— El Ayuntamiento de Cáceres traslada el informe técnico emitido con fecha 24 de abril
de 2024 por el Servicio de Urbanismo, a los efectos previstos por la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el que
informan lo siguiente:


• Sobre los terrenos objeto del asunto constan dos expedientes de segregación de suelo
(LIC/OMA/0142/2016 y LIC/OMA/0067/2017).



• Los terrenos referidos, insertos en la parcela catastral 25 (“Santo Toribio”) del polígono rústico 18 del municipio (en la que se consigna una superficie gráfica de 35.8538