Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Pruebas De Acceso. (2025050046)
Orden de 18 de marzo de 2025 por la que se regula la prueba de acceso a la Universidad, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025

14603

a) Ciencias Generales, si el título obtenido es el de Técnico o Técnica de Formación Profesional.
b) Dibujo Artístico II, si el título obtenido es el de Técnico o Técnica en Artes Plásticas y
Diseño.
c) Análisis Musical II o Artes Escénicas II, a elección del alumnado, si el título obtenido es
el de Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza.
2. F
 ase de admisión.
2.1. Tal y como establece el artículo 22.1 del Real Decreto 534/2024 de 11 de junio, quienes deseen mejorar su nota de admisión podrán examinarse en la misma convocatoria de
hasta tres materias de segundo curso de Bachillerato, comunes o de modalidad, distintas
a aquellas de las que se hubieran examinado en la prueba de acceso. Asimismo, podrán
examinarse de una segunda lengua extranjera distinta de la que hubieran elegido en dicha
prueba.
2.2. La elección entre las diferentes materias a las que se refieren el apartado anterior se
realizará en el momento en que se formalice la inscripción.
2.3. Cada una de las materias de las que se examine el alumnado en esta fase se calificará
de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales y podrá ser tenida en cuenta para la admisión a
las distintas titulaciones oficiales de Grado cuando se obtenga en ella una calificación igual
o superior a 5 puntos.
2.4. La Universidad de Extremadura podrá tener en cuenta en sus procedimientos de
admisión, además de la calificación obtenida en cada una de las materias de la fase de
admisión, la de alguna o algunas de las materias relacionadas en la fase de acceso.
Artículo 7. Características y diseño de los ejercicios de los que consta la prueba.
1. De conformidad con el artículo 13 del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, los ejercicios
tendrán un diseño competencial que permitirá comprobar el grado de consecución de las
competencias específicas de las materias a las que se refiere el artículo 6 a través de la
aplicación de los criterios de evaluación previstos en los currículos establecidos conforme
a lo dispuesto en el Decreto 109/2022, de 22 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura, que
constituirá el marco de referencia para determinar su contenido.
2. Los ejercicios requerirán del alumnado creatividad y capacidad de pensamiento crítico,
reflexión y madurez en la resolución por escrito de una serie de preguntas o tareas adecua-