Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Pruebas De Acceso. (2025050046)
Orden de 18 de marzo de 2025 por la que se regula la prueba de acceso a la Universidad, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025
14602
1. F
ase de acceso.
1.1. La prueba de acceso versará sobre las materias comunes y las materias específicas
obligatorias de modalidad de segundo curso de Bachillerato, a través de la evaluación de
cuatro ejercicios que versarán sobre las siguientes materias:
— Lengua Castellana y Literatura II.
— Historia de España o Historia de Filosofía, a elección del alumnado.
— Lengua Extranjera II. A efectos de organización de la prueba, el alumnado indicará en
su solicitud de inscripción la lengua extranjera de la que se examinará, pudiendo elegir
entre las ofertadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura (inglés, francés o portugués).
— La materia específica obligatoria de segundo curso de Bachillerato escogida para la
prueba, de la modalidad (y en su caso vía) cursada.
De conformidad con lo previsto en los artículos 16, 17, 18 y 19 del Decreto 109/2022, de
22 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el currículo del Bachillerato para la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la materia específica obligatoria de la modalidad a
la que se hace referencia en este apartado será:
a) Modalidad de Artes:
— En la vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño: Dibujo Artístico II.
— En la vía de Música y Artes Escénicas: Análisis Musical II o Artes Escénicas II, a elección del alumnado.
b) Modalidad de Ciencias y Tecnología: Matemáticas II o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II, a elección del alumnado.
c) Modalidad General: Ciencias Generales.
d) Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: Latín II o Matemáticas Aplicadas a las
Ciencias Sociales II, a elección del alumnado.
1.2. Cuando el título de Bachiller se haya obtenido de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y
las enseñanzas mínimas del Bachillerato, el alumnado se examinará de la materia que no
hubiera escogido previamente al optar entre Historia de España o Historia de la Filosofía.
No obstante, podrá sustituir esta materia por:
Viernes 21 de marzo de 2025
14602
1. F
ase de acceso.
1.1. La prueba de acceso versará sobre las materias comunes y las materias específicas
obligatorias de modalidad de segundo curso de Bachillerato, a través de la evaluación de
cuatro ejercicios que versarán sobre las siguientes materias:
— Lengua Castellana y Literatura II.
— Historia de España o Historia de Filosofía, a elección del alumnado.
— Lengua Extranjera II. A efectos de organización de la prueba, el alumnado indicará en
su solicitud de inscripción la lengua extranjera de la que se examinará, pudiendo elegir
entre las ofertadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura (inglés, francés o portugués).
— La materia específica obligatoria de segundo curso de Bachillerato escogida para la
prueba, de la modalidad (y en su caso vía) cursada.
De conformidad con lo previsto en los artículos 16, 17, 18 y 19 del Decreto 109/2022, de
22 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el currículo del Bachillerato para la
Comunidad Autónoma de Extremadura, la materia específica obligatoria de la modalidad a
la que se hace referencia en este apartado será:
a) Modalidad de Artes:
— En la vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño: Dibujo Artístico II.
— En la vía de Música y Artes Escénicas: Análisis Musical II o Artes Escénicas II, a elección del alumnado.
b) Modalidad de Ciencias y Tecnología: Matemáticas II o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II, a elección del alumnado.
c) Modalidad General: Ciencias Generales.
d) Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: Latín II o Matemáticas Aplicadas a las
Ciencias Sociales II, a elección del alumnado.
1.2. Cuando el título de Bachiller se haya obtenido de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y
las enseñanzas mínimas del Bachillerato, el alumnado se examinará de la materia que no
hubiera escogido previamente al optar entre Historia de España o Historia de la Filosofía.
No obstante, podrá sustituir esta materia por: