Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Pruebas De Acceso. (2025050046)
Orden de 18 de marzo de 2025 por la que se regula la prueba de acceso a la Universidad, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 56
Viernes 21 de marzo de 2025
14601
iii) La opción elegida entre Historia de España o Historia de la Filosofía.
iv) La materia específica obligatoria de segundo curso de Bachillerato escogida para la
prueba, de la modalidad (y en su caso vía) cursada.
v) En su caso, las materias de las que voluntariamente solicita ser evaluado. El alumnado
podrá elegir hasta tres materias de segundo curso de Bachillerato, comunes o de modalidad, distintas de aquellas de las que se hubiera examinado en la prueba de acceso.
Asimismo, podrá examinarse de una segunda lengua extranjera distinta de la que hubiera elegido en dicha prueba.
3. El alumnado procedente de Ciclo Formativo de Grado Superior indicará en la solicitud de
inscripción el ciclo formativo cursado y las materias de las que voluntariamente solicite ser
evaluado. Este alumnado podrá elegir hasta tres materias de segundo curso de Bachillerato, comunes o de modalidad. Asimismo, podrá examinarse de una lengua extranjera.
4. La Consejería competente en materia de educación remitirá en soporte informático a la
Universidad de Extremadura, durante el mes de febrero de cada año, los datos del alumnado matriculado en segundo curso de Bachillerato y en segundo curso de Ciclos Formativos
de Grado Superior. Estos datos deberán ser registrados previamente por los centros docentes en la plataforma educativa Rayuela.
Artículo 5. Fechas de realización de la prueba.
1. Las pruebas correspondientes a la convocatoria ordinaria deberán realizarse durante tres
días consecutivos durante el mes de junio.
2. Las pruebas correspondientes a la convocatoria extraordinaria deberán realizarse durante
tres días consecutivos durante el mes de julio.
3. No obstante, tanto en la convocatoria ordinaria como en la extraordinaria, habrá que tener
en cuenta los plazos máximos fijados cada año por el Ministerio competente en materia de
educación y en su caso, el periodo alternativo fijado para la convocatoria extraordinaria.
CAPÍTULO II
Estructura, descripción y calificación de la prueba de acceso a la universidad.
Artículo 6. Estructura de la prueba.
La admisión a la Universidad se estructura en dos fases denominadas, respectivamente, fase
de acceso y fase de admisión.
Viernes 21 de marzo de 2025
14601
iii) La opción elegida entre Historia de España o Historia de la Filosofía.
iv) La materia específica obligatoria de segundo curso de Bachillerato escogida para la
prueba, de la modalidad (y en su caso vía) cursada.
v) En su caso, las materias de las que voluntariamente solicita ser evaluado. El alumnado
podrá elegir hasta tres materias de segundo curso de Bachillerato, comunes o de modalidad, distintas de aquellas de las que se hubiera examinado en la prueba de acceso.
Asimismo, podrá examinarse de una segunda lengua extranjera distinta de la que hubiera elegido en dicha prueba.
3. El alumnado procedente de Ciclo Formativo de Grado Superior indicará en la solicitud de
inscripción el ciclo formativo cursado y las materias de las que voluntariamente solicite ser
evaluado. Este alumnado podrá elegir hasta tres materias de segundo curso de Bachillerato, comunes o de modalidad. Asimismo, podrá examinarse de una lengua extranjera.
4. La Consejería competente en materia de educación remitirá en soporte informático a la
Universidad de Extremadura, durante el mes de febrero de cada año, los datos del alumnado matriculado en segundo curso de Bachillerato y en segundo curso de Ciclos Formativos
de Grado Superior. Estos datos deberán ser registrados previamente por los centros docentes en la plataforma educativa Rayuela.
Artículo 5. Fechas de realización de la prueba.
1. Las pruebas correspondientes a la convocatoria ordinaria deberán realizarse durante tres
días consecutivos durante el mes de junio.
2. Las pruebas correspondientes a la convocatoria extraordinaria deberán realizarse durante
tres días consecutivos durante el mes de julio.
3. No obstante, tanto en la convocatoria ordinaria como en la extraordinaria, habrá que tener
en cuenta los plazos máximos fijados cada año por el Ministerio competente en materia de
educación y en su caso, el periodo alternativo fijado para la convocatoria extraordinaria.
CAPÍTULO II
Estructura, descripción y calificación de la prueba de acceso a la universidad.
Artículo 6. Estructura de la prueba.
La admisión a la Universidad se estructura en dos fases denominadas, respectivamente, fase
de acceso y fase de admisión.