Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Colaboración Económica Municipal. (2025060930)
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 4 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal del servicio de proximidad y atención a la soledad en personas mayores residentes en entidades locales de Extremadura para 2025.
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NÚMERO 55
Jueves 20 de marzo de 2025

14474

desplegar actuaciones respecto a la gestión de los servicios sociales y de las políticas de
inclusión social.
2. L
 a gestión y administración de los fondos se regirá por lo establecido en el presente acuerdo y se efectuará conforme a la normativa económico-financiera de la Comunidad Autónoma que regule cada tipo de gasto y, particularmente, de acuerdo con lo establecido en la
Ley de Presupuestos Generales para la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025 y
en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y las normas
e instrucciones que la desarrollen.
Tercero. Entidades destinatarias del programa.
Serán entidades destinatarias del presente programa, las entidades locales de la región que
hubieran sido objeto de financiación en el Programa de Colaboración Económica Municipal del
servicio de proximidad a personas mayores residentes en entidades locales de Extremadura
para 2024, siempre y cuando no conste renuncia expresa al mismo debido a inexistencia de
demandantes de los servicios de proximidad o renuncia expresa a ser beneficiaria de nuevos
programas con el mismo objeto, así como aquellas entidades que no habiendo sido beneficiarias de dicho programa, tengan una densidad de población entre 3 y 5 habitantes por km2 y
cuenten con un número de personas mayores de 65 años igual o superior a 60, según consulta del último padrón municipal suministrado por el Instituto Nacional de Estadística realizada
a fecha 30 de septiembre de 2024. También se incluyen aquellas entidades que habiendo sido
beneficiarias en la anualidad 2024 de una subvención nominativa para la ejecución de programas de acompañamiento a la soledad, no lo sean en la anualidad 2025.
Todas las entidades deberán ostentar la titularidad o disponibilidad de centros residenciales,
centros de día o centros de noche, según las bases de datos del SEPAD, a fecha 30 de septiembre de 2024, con la excepción de los centros de titularidad de la Junta de Extremadura.
Cuarto. Criterios objetivos de distribución de los créditos y cuantía de la transferencia.
1. E
 l programa tiene una dotación global inicial de 2.021.437,80 euros, con cargo al centro
gestor 110060000, aplicación presupuestaria G/232A/46000, código fuente de financiación
CAG0000001, programa 20250189 “PCEM: SERVICIOS DE PROXIMIDAD. PROGRAMAS SOLEDAD”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2025.
2. L
 a cuantía total a otorgar se obtiene del resultado de establecer un reparto proporcional
del crédito total del programa, en relación al total de entidades locales que se incluyen en
el mismo (45 entidades), resultando un importe de 44.920,84 euros.