Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2025050042)
Orden de 13 de marzo de 2025 por la que se convoca el IV Concurso de Debate Escolar de Extremadura.
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NÚMERO 54
Miércoles 19 de marzo de 2025

14004

equipo podrá ser sancionado, acorde a lo especificado sobre las penalizaciones en este
mismo reglamento.


La persona que interpele tendrá hasta quince segundos para plantear la interpelación,
aunque ocupe parte del minuto final del orador del equipo contrario.



Cada orador u oradora tendrá la obligación de conceder, al menos, una interpelación
en su turno. En el caso de que no lo hiciera, recibirá una penalización, tal y como se
indica en el punto 20 de este reglamento.



En el caso de que no se diera cuenta de que el equipo contrario quiere interpelar, la
persona que árbitre se lo podrá recordar antes del último minuto de su discurso.

10. El profesorado preparador no podrá hablar con los miembros del equipo durante la celebración
del debate. Asimismo, estos no podrán comunicarse entre ellos ni oralmente, ni mediante gestos,
solo podrán intercambiar notas escritas y sin interrumpir el discurso del orador contrario.
11. El respeto al contrario y a la opinión diferente es uno de los objetivos principales de este
concurso, por lo que todos los participantes cuidarán especialmente que se cumpla. El equipo
que no esté en uso de la palabra deberá respetar el turno de intervención del equipo contrario,
no interrumpiendo el discurso, ni realizando gestos o cualquier otra maniobra que pueda
distraerlo, salvo el indicado para solicitar una interpelación, tal y como se describe en el punto
9 de este reglamento.
12. La persona que ejerza el arbitraje controlará en todo momento el cumplimiento del tiempo de
cada uno de los turnos, atendiendo a lo indicado en el punto 20 cuando cualquiera de los
oradores lo exceda. Tampoco permitirá actitudes de falta de respeto o que incumplan el orden
de cada turno. Si procede, aplicarán las penalizaciones que se describen en este reglamento.
13. Todos los participantes podrán presentar material argumentativo propio en soporte papel o
digital. En este último caso, solo se admitirán las tabletas electrónicas y su uso se restringirá a la
presentación de los materiales indicados. En cualquier otra situación no están permitidas.
14. Las personas que juzguen deberán utilizar el anexo IV de la orden de convocatoria para la
evaluación de los equipos en los debates.
Comunicación del ganador de un debate
15. Una vez terminado el debate y de forma inmediata, la persona o personas que juzguen
deliberarán. Cada miembro asignará los puntos según lo especificado para cada criterio y realizará
la suma total. Seguidamente, el juez o jueza principal hallará la media de las puntuaciones totales
de los equipos, otorgadas por los miembros del jurado, le restará los puntos de sanción en los
que haya podido incurrir y se identificará al ganador. En caso de empate, el juez o jueza principal
tendrá voto de calidad.
16. La comisión organizadora decidirá la forma en la que se comunicarán los resultados de los
debates, que será a través de un acto conjunto con todos los equipos o en la misma sala donde
se haya celebrado el debate. En cualquier caso, habrá una explicación del fallo, ya sea de forma
verbal o escrita que se enviará con posterioridad a los equipos.
17. Los miembros de la comisión organizadora podrán asistir como observadores, tanto a los
debates como a las deliberaciones de los jueces. En el caso de que identificasen comportamientos